En el día de hoy, el Consejo de Ministros ha acordado el relevo de Federico Trillo de la embajada de España en Londres. Lo ha dicho el portavoz del ejecutivo en la rueda de prensa. El relevo, según ha dicho, es a petición de Trillo.
Mañana, previsiblemente, el B.O.E. publicará el Real Decreto de cese. Si hacemos caso a las palabras del portavoz, el relevo se produce como si la situación fuera normal.
Conviene señalar que aunque el portavoz ha hablado de relevo, en la referencia del Consejo de Ministros que aparece en la web de La Moncloa, no aparece ni el cese de Trillo ni el nombramiento de su sucesor o sucesora. Sí se ha dicho que el gobierno ha solicitado el placet del gobierno británico para la persona que sustituirá a Federico Trillo en la embajada londinense. ¿Quién será? ¿Un miembro de la carrera diplomática o algún ex ministro o similar a quien Rajoy le deba algún favor?
Sin embargo, cuando escribo esta entrada, ignoro, obviamente, el contenido del Real Decreto de cese de Trillo. Porque si nos atenemos a la “normalidad” con la que lo ha revestido el portavoz del gobierno, lo más “normal” será que incluya la coletilla de “agradeciéndole los servicios prestados”. Porque esto tiene su enjundia.
Si después del informe del Consejo de Estado sobre el Yak 42, el gobierno cesa en un Real Decreto firmado por el Jefe del Estado, a Federico Trillo, sería una bofetada, una más, a los familiares muertos por falta de responsabilidad del Ministerio dirigido por él. La coletilla de agradecimiento de los servicios prestados es la que se utiliza en los ceses o dimisiones a petición propi cuando estos se producen dentro de la normalidad. Es decir, que si hoy la rueda de prensa de La Moncloa ha discurrido dentro de esa normalidad, incluidas las manifestaciones de Íñigo Méndez de Vigo, mañana el BOE publicará un R.D. firmado por el Rey en ese sentido.
Podría ocurrir, aunque lo dudo, que el cese del ministro del Yak 42, elimine esa coletilla. Si ello fuera así, sería un desmentido claro y rotundo a lo que ha dicho hoy el portavoz, porque eliminaría el concepto de normalidad en el cese. Y además, equipararía a Trillo en su caída con la caída de Gustavo de Arístequi de su puesto de embajador en la India, investigado por corrupción.
Mañana puede ser un día interesante. Podremos saber que, si el R.D. de cese incluye el agradecimiento de los servicios prestados, estaremos ante una muestra más de la sociopatía de los dirigentes del PP encabezados por Rajoy, y sería una muestra cruel de desprecio a los familiares de los militares muertos en Turquía. Y si ello fuera así, sería la prueba de que Rajoy no ha dejado caer a Trillo, sino que ha pactado su cese. ¿A cambio de qué? El tiempo lo dirá.
Sin embargo, si el cese no va acompañado de la coletilla, sabremos si es verdad que Rajoy ha sido el que ha forzado la marcha del michirón de honor, y lo equipara a corruptos como Gustavo de Arístegui.
Mañana, a leer el BOE.
Vale.
Recientemente se ha publicado que el militante debe fidelidad al partido, según una sentencia del Tribunal Constitucional. No conozco aún el texto completo de la STC pero todos los medios han hecho hincapié en el concepto de fidelidad. Y creo que hay algún matiz, muy importante, que se escapa por alto.
La militancia en un partido político es un acto voluntario, consciente (aunque a veces tenga otros aspectos mercantiles) y que recae en la esfera de la propia decisión individual. Es decir, un individuo milita en un partido porque quiere, se afilia cuando quiere y se da de baja cuando quiere.
Que el Tribunal Constitucional haya invocado el concepto de fidelidad para amarrar la vinculación entre militante y partido puede deberse a que el alto tribunal tiene una extracción (si dice así) conservadora y de profundas creencias religiosas.
Decía un sabio catalán (¡qué vamos a hacerle!), Jaume Perich, que “fe es creer lo que no vimos”. Y fidelidad hunde su raíz etimológica en la misma que la fe. Que un partido sea como una religión no es nuevo. Que las direcciones de los partidos traten a sus militantes como fieles siervos, tampoco. Lo han hecho siempre.
Cuando se trata de vincular la militancia política con la fe en el partido (fidelidad) estamos ante la anulación de la voluntad del militante. Para las direcciones de los partidos políticos (que son las que ‘eligen’ a los miembros del Tribunal Constitucional), desde el mismo momento en el que un ciudadano toma la decisión de militar en el partido, deja de ser ciudadano y pasa a ser un fiel siervo de la dirección.
Creo que el concepto que mejor define la militancia política en un partido no puede tener su raíz en un criterio no racional (la fe), si no en un criterio racional (legalis), que es la lealtad.
¿Por qué esa diferencia entre fidelidad y lealtad cuando en el diccionario de la RAE parecen sinónimos? Creo que la diferencia está en que al militante se le exige fidelidad al partido (esto es, a la dirección del partido) y es un concepto solamente aplicable al militante, no a la dirección, que es quien dicta las oraciones y los mandamientos a cumplir. En realidad, el militante solamente está para cumplir los designios de la dirección sin entrar a valorarlos, a criticarlos, a objetarlos. El militante deja de ser ciudadano para convertirse en creyente.
En cambio, si al militante se le exigiera lealtad estaríamos ante un acto voluntario, racional, sometido a la crítica. Y sería exigible también a la dirección del partido. La fidelidad solamente se exige de abajo a arriba, en tanto que la lealtad lo es en las dos direcciones.
Que el Tribunal Constitucional haya elegido el concepto fidelidad en lugar del concepto lealtad, muestra claramente el distanciamiento de los órganos de poder de los ciudadanos. El Tribunal Constitucional es un correlato de la estructura política de partidos. Es más cómodo para las direcciones de los partidos que los militantes sean fieles (y los votantes, no se olvide) a que sean leales.
Los fieles no conturban el cumplimiento de los mandamientos, en tanto que los leales señalan los mandamientos que no son ‘fieles’ al ordinario ideológico del partido.
Cuando uno ha sido militante de un partido, voluntariamente, y voluntariamente ha dejado de serlo, puede decir que cambió la fidelidad por la lealtad. Cambió la fe en la dirección del partido por la lealtad a un pensamiento político. Y ello como consecuencia de un análisis racional de la falta de lealtad de la dirección política con los compromisos adquiridos ante todos los ciudadanos.
Porque fe, fidelidad, es creer lo que no vimos y lealtad es creer en los compromisos con los demás, el Tribunal Constitucional parece que ha optado más por el cumplimiento de los mandamientos que por el pensamiento critico.
Vale.