El camino hasta la vista judicial del sumario La Sal I, por el asunto de la Desaladora de Escombreras, donde es actor principal el amado CEO Ramón, se va despejando. Ya está en la fase de apertura de vista oral el sumario La Sal II, el que tiene como único procesado al exPresidente de la Comunidad Autónoma de Murcia, Ramón Luis Valcárcel.

La huelga de letrados al servicio de la Administración de Justicia, de Jueces después y ahora de funcionarios, ha servido para que se paralicen muchas actuaciones judiciales, que han asfixiado a muchos despachos de abogados, poniendo en juego muchos puestos de trabajo y aunque son muchos los procedimientos afectados, la Justicia ha seguido funcionando.

Hoy, 8 de junio de 2023, la oficina de Comunicación de la Sala 2 de la Audiencia de Murcia ha dictado dos autos por los que avala los autos de continuación del procedimiento abreviado del Juzgado de Instrucción nº 5 de Murcia, de 2020, contra 17 investigados, entre ellos, el exconsejero y presidente del Esnte Público del Agua, y el de Instrucción nº 1, de 2022, contra el entonces presidente de la Región de Murcia.

De los recursos presentados, la Sala de la Audiencia solamente ha estimado el de apelación, interpuesto por el letrado de la Comunidad Autónoma, que queda como perjudicada en el proceso y pierde su condición inicial de responsable civil subsidiaria.

Para el mejor conocimiento de lo acordado por la Audiencia murciana, reproducimos, a continuación el contenido literal de la nota de prensa hecha pública por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Murcia.

Fecha: jueves, 8 de junio de 2023

La Sección 2 de la Audiencia Provincial desestima nueve de los diez recursos de apelación interpuestos contra el auto de marzo de 2020, del Juzgado de Instrucción 5 de Murcia, que acordaba la continuación de las diligencias previas 956/16 por los trámites del procedimiento abreviado contra 17 investigados y 8 empresas, por presuntas irregularidades en el proyecto de la planta desalinizadora de Escombreras, actuaciones conocidas en el argot policial y periodístico como caso La Sal o caso Desaladora. 

Además, la Sala ha notificado un último auto que desestima el recurso presentado por Ramón Luis V.S. contra el auto de octubre de 2022 de transformación en procedimiento abreviado de las diligencias previas 2313/2019 del juzgado de Instrucción 1 de Murcia o caso La Sal II. 

Como recuerdan los autos esa primera investigación se centró en los miembros del consejo de administración del Ente Público del Agua y la Empresa Pública de la Desaladora de Escombreras, entre ellos el ex consejero de Agricultura y Agua y presidente del Ente, Antonio C. C., en lo que la resolución denomina “parte pública”; y los administradores o representantes de la mercantil Hydro Managemet y de la empresa Técnicas de Desalinización de Aguas (Tedagua), o “parte privada”. Además de las mercantiles Hydro Management SL, Tedagua, Cobra Instalaciones y Servicios SA, Moncobra SA, Cobra Gestión de Infraestructuras SLU, Hidronostrum SA y Desaladora de Escombreras. 

La Sala, que fijó una misma fecha de deliberación para resolver los diez recursos de apelación planteados, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo, recuerda que la decisión de sobreseimiento o continuación del procedimiento consiste en “la apreciación indiciaria de elementos objetivos y subjetivos que justifican enjuiciar al acusado, y no el problema de la procedencia de su absolución o de su condena, objeto exclusivo del Juicio Oral y de la sentencia”. Así, respondiendo a las alegaciones de ausencia de la debida motivación en la resolución discutida “por carecer de la debida concreción e individualización de las conductas”, los magistrados subrayan que ”la resolución discutida contiene una extensa y suficiente descripción fáctica de los distintos hechos punibles, distribuidos en diez apartados, con indicación de las distintas cuestiones fácticas abordadas (…) y que incluye la expresa referencia personal de quienes se encuentran concernidos en los mismos”. Descendiendo, en los distintos recursos planteados y de forma individualizada para cada recurrente, a las concretas actuaciones desarrolladas. 

Por el contrario, la Audiencia sí estima el recurso de apelación interpuesto por el letrado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de la misma y de la entidad Desaladora de Escombreras, en lo relativo a la atribución de la condición de Responsable Civil Subsidiaria a través de las entidades públicas que intervienen en el proyecto. Si bien un nutrido número de investigados en la presente causa por su presunta participación en los hechos descritos “ostentaban relevantes responsabilidades públicas, en distintos niveles, por realizar labores de administración y gerencia, tanto en el Ente Público del Agua, como en las entidades Hidronostrum SA y Desaladora de Escombreras SA” y resulta patente la asunción por parte de la Comunidad, tras la extinción del EPA, de la posición jurídica que ostentaban éstas ­-explican los magistrados en la resolución-, “ninguna otra persona física o jurídica se vislumbra como perjudicada en esta causa” y, por tanto, con derecho de restitución, reparación o indemnización. Por lo que considera la Sala “que resulta improcedente el mantenimiento de la condición de responsable civil subsidiaria de las entidades Hidronostrum SA y Desaladora de Escombreras SA, habiendo ésta absorbido a aquélla, a través de la entidad ESAMUR y la CARM”. 

La Sal II 

Igualmente, la sección 2 de la Audiencia Provincial desestima el recurso contra el auto del juzgado de Instrucción número 1 de Murcia, en el que la instructora partiendo de las indicaciones efectuadas por la Audiencia Provincial de Murcia en marzo de 2022 que revocó el anterior auto de sobreseimiento, procede al examen de los datos e indicios contra Ramón Luis V.S., “enfatizando el papel garante, como máximo responsable de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM), atribuido al investigado”. 

La resolución que ahora se recurre, explica el auto, se ha acomodado también al parámetro interpretativo fijado previamente por la Audiencia en su resolución de marzo, en la que se desprendían determinados indicios que determinaron la revocación del sobreseimiento, “aludiendo a que dada la cantidad de irregularidades no era descartable el conocimiento por el entonces presidente de la Comunidad y participación en los hechos investigados”. 

Así, tras recordar la naturaleza del auto que se recurre, como un acto de imputación formal “que en modo alguno es una declaración de hechos probados” y que “para su dictado solo se exige la suficiencia indiciaria de que los hechos objeto de investigación y sobre los que se han practicado las diligencias de instrucción, pudieran ser constitutivos de delito”, rechaza cada uno de los motivos alegados por la defensa. 

La Audiencia destaca, no obstante, que gran parte de las alegaciones del recurso interpuesto no se combate al auto recurrido -ni recurso de reforma ni auto de transformación en procedimiento abreviado- sino que la mayor parte de alegaciones van referidas al Ministerio Fiscal, “al recurso del Ministerio Fiscal, a los criterios de imputación del Ministerio Público, a las conclusiones alcanzadas por el Ministerio Fiscal, entre otras”, explican los magistrados analizando estas detalladamente a continuación. 

En primer lugar, la Audiencia no considera que esta nueva querella de donde han surgido las diligencias instructoras a que se refiere el presente recurso “sea una maniobra procesal improcedente”. Subrayan que esta nueva causa abierta permite un enjuiciamiento diferenciado por cuanto lo atribuido al acusado es una conducta omisiva en relación con el diseño y materialización de la construcción de la desaladora, que en su conjunto constituyó una conducta no ajustada a derecho. Así, recordando la reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) 106/2023 de 16 de febrero, concluyen que: “No se aprecia irregularidad procesal en la presentación de una nueva denuncia por parte del Ministerio Fiscal respecto de persona que no había sido denunciada ni imputada formalmente en el procedimiento seguido ante el Juzgado de Instrucción 5 de Murcia, y que no pudo serlo por el cierre de la instrucción por el transcurso de los plazos procesales por decisión de la Audiencia Provincial, pero respecto de la que la posible conducta delictiva denunciada no había prescrito”. 

Argumento que refuerzan con el auto del TS de 27 de febrero de 2023, dictado en el Recurso 20920/2021, referido al cómputo  del inicio del plazo de instrucción cuando existe un aforado y la causa ya se ha incoado en el  tribunal ordinario antes que en aquel que deba instruir por razón del aforamiento, en el que se indica: “el día del inicio del cómputo del plazo señalado en el artículo 324 de le LECRIM es el del inicio de la investigación de un objeto procesal delimitado en la denuncia contra una persona, concreta y determinada,” 

Posteriormente, sobre la alegación referida a la situación hídrica de la Región de Murcia, los magistrados reiteran que “del contenido de las diligencias practicadas no resulta acreditada ni la necesidad ni la urgencia para el interés público de dotar a la Región de Murcia de los recursos hídricos necesarios para satisfacer la demanda de agua existente en un momento de especial desarrollo económico en la Región, y aun en el caso de existir tales necesidades hídricas, no existe justificación de que el procedimiento empleado para ello y su coste se ajustarán a derecho, al existir fórmulas alternativas”. 

En relación a la nula intervención del expresidente alegada, los magistrados mantienen “que un proyecto de coste millonario cuyos convenios de suministro de agua de 26 municipios fueron aprobados por el Consejo de Gobierno, no puede alegar el recurrente, por su posición como presidente de la Comunidad Autónoma, y las competencias legales que tiene atribuidas (que se resaltan en anterior auto de la Audiencia Provincial) mero desconocimiento”. 

Descarta también el auto que el devenir del proyecto fuera determinado por  la crisis económica nacional al indicar que “existen indicios de que el plan preconcebido existía, y así se deduce de la abundante documentación recabada en los registros a que hace referencia el auto inicial recurrido, y sobre la base de esa hoja de ruta, se fueron articulando las diferentes actuaciones, algunas de ellas realizadas en la misma fecha formalmente, aunque sus ideadores e intervinientes antedataban o posdataban las mismas, según conveniencia” 

Por último, la Sala rechaza la alegación de confusión en torno a la denominada Confort Letter, al entender que “la ausencia de autorización para asumir dicha garantía por parte de la Intervención General como por parte de la Consejería de Hacienda obligó a asumir riesgos financieros exagerados, no respaldados por ninguna garantía relacionada con el futuro suministro de agua a los Ayuntamientos, ni por garantía hipotecaria, ni por el 49% del resto de socios privados, que quedaron desligados de la misma”. Subrayando que “tal fue la importancia de esa garantía, que en fecha 28 de marzo de 2014, en el último Consejo de gobierno presidido por el recurrente, dicho Consejo aprobó una transferencia por la Comunidad Autónoma a DESA para atender los pagos a HM por importe de 22.230.435,07 euros”. 

Contra estas resoluciones no cabe interponer recurso ordinario.

Vale.

Entender los matices del mercado del litio es vital para prever la demanda, la oferta y los precios en el futuro

Cuando la minera Infinity Lithium anunció que desechaba la explotación del yacimiento de Valdeflores mediante una mina a cielo abierto por una subterránea, argumentó la decisión en un falso reconocimiento de las dificultades de aceptación por la ciudad por los daños medioambientales que suponía el cielo abierto, y también por el importante incremento del precio del litio en torno a los 75.000 € por tonelada. Las perspectivas de ganancias por la explotación asumían el incremento de costes de la opción subterránea, dejando todavía pingües beneficios. Sin embargo, la corrección de los precios alcistas durante 2023 estarán causando duelos y quebrantos en los especuladores australianos, sobre todo cuando, como en el artículo reproducido a continuación se habla de una precio estancado para la década en 20.000 € tonelada.

EL PERIÓDICO DE LA ENERGÍA. 05/06/2023

El aumento de la demanda de vehículos eléctricos hizo que los precios del litio se dispararan en 2022, antes de retroceder a principios de 2023. Pero, ¿qué se puede esperar del mercado del litio en el futuro y qué factores determinarán la demanda, la oferta y los precios?

Estos son, a juicio de Allan Pedersen, analista principal de litio en Wood Mackenzie, los factores que, en estos momentos, están determinando el mercado del litio, son los siguientes:

1. El fuerte crecimiento está creando un mercado del litio agitado.

“El litio muestra claramente las características de un mercado inmaduro, en el que el equilibrio de la oferta fluctúa entre el déficit y el superávit. Un único uso final está dominando rápidamente el mercado, y las baterías recargables representan ya aproximadamente el 85% de la demanda mundial. Con el despegue de los vehículos eléctricos en 2021 y 2022, la demanda se disparó”, explica Pedersen.

Sin embargo, el desarrollo de infraestructuras, tanto en términos de minas como de refinerías, requiere una inversión masiva de tiempo y dinero. Como resultado, “la oferta tuvo dificultades para seguir el ritmo y este desequilibrio hizo que los precios se dispararan en 2022, superando los 70.000 dólares por tonelada”, añade.

Sin embargo, el crecimiento de la demanda se ha ralentizado un poco a medida que se reducen o eliminan las subvenciones a los vehículos eléctricos y los precios han vuelto a caer en 2023. “De cara al futuro, esperamos que los precios entren en un periodo de descenso controlado y vuelvan a situarse en torno a los 20.000 dólares por tonelada a finales de la década”, dice el analista de Woodmac, quien añade: “Los precios del litio deberían experimentar un descenso controlado desde sus máximos históricos durante el resto de esta década”.

Planta de litio de SQM

2. La calidad es un problema a medida que las baterías se convierten en el mercado dominante del litio

Aunque cada vez se utiliza más litio para fabricar baterías recargables, no todo el litio es apto para este fin. Los productos de litio aptos para baterías tienen que ser de la máxima calidad y pureza y, por tanto, son los más complejos de producir. Las nuevas refinerías tenderán a empezar produciendo litio de menor calidad, de grado técnico, que no es directamente utilizable en baterías.

A medida que los operadores de las nuevas plantas adquieran experiencia y afinen sus operaciones, la pureza del producto refinado puede mejorarse hasta el punto de que sea viable para las baterías. Sólo en este punto puede comenzar el proceso de cualificación, que es algo que cada fabricante de cátodos hace individualmente.

“Como resultado, a pesar de un elevado excedente de oferta global, los productos de litio aptos para baterías verán un mercado más ajustado, al menos a corto plazo”, advierte Pedersen.

3. El litio no es realmente un producto único

Otro factor que complica la evaluación de la oferta y la demanda futuras de litio es que el mercado comprende en realidad dos productos clave diferentes. Tanto el carbonato como el hidróxido de litio se utilizan en la producción de baterías recargables para vehículos eléctricos y aparatos electrónicos. Sin embargo, el uso de uno u otro depende de la química catódica utilizada en las baterías.

“El carbonato de litio está impulsado principalmente por el fosfato de hierro y litio (LFP), que se ha utilizado ampliamente en baterías en el mercado chino y ahora se está abriendo camino en otras regiones. El hidróxido de litio está impulsado por la química de cátodos con alto contenido en níquel, cada vez más favorecida por el mercado de vehículos eléctricos de gama alta debido a su mayor consumo energético”, explica Pedersen.

4. Las fuentes de suministro de litio a largo plazo no están claras

En opinión de Pedersen, el conocimiento de los proyectos existentes, previstos y potenciales permite proyectar la trayectoria de la oferta de litio hasta el final de la década con una precisión razonable. La comparación con la demanda prevista permite prever la trayectoria de los precios a medio plazo con una confianza razonable.

Pero, a partir de 2030, la visibilidad es mucho menor. “En este punto, el precio de incentivo -el precio al que resulta atractivo para las empresas y los inversores comprometerse con nuevos proyectos- se convierte en un factor importante. Suponiendo una oferta de 1,5 millones de toneladas, el coste totalmente asignado del litio (C3), incluidos los costes de explotación, los costes indirectos y los intereses, sería de unos 15.000 dólares por tonelada. Por tanto, el precio de mercado se situaría en torno a esta cifra”, afirma el analista de Wood Mackenzie.

5. El mercado del litio está aún relativamente inmaduro

Tal vez el mayor reto a la hora de prever el futuro del mercado del litio sea que la industria está todavía en pañales. No existen especificaciones globalmente aceptadas para el producto y, por tanto, no hay anclajes aceptados para fijar los precios.

La necesidad de especificaciones únicas y muy precisas hace que los productos del litio sean casi comparables a las especialidades químicas en términos de complejidad de precios. Al mismo tiempo, la necesidad de mantener el ritmo de crecimiento continuo de la demanda impide a la industria dar un paso atrás y evaluar cómo establecer un enfoque más uniforme y coherente. “Es probable que en el futuro haya una mayor normalización, pero tardará en surgir”, considera Pedersen.

6. Las asociaciones serán clave para el futuro de la industria del litio

En 2022, el 52% del suministro de litio procedía de sólo cinco empresas. Sin embargo, en Woodmac no prevén una actividad significativa de fusiones y adquisiciones en la industria y pronostican que la cuota de estas empresas se reducirá al 36% en 2032 a medida que crezcan las empresas más pequeñas y surjan nuevas empresas. “Aunque la integración horizontal no será un tema importante en el futuro, sí lo será la integración vertical”, asegura Pedersen.

“Las asociaciones entre mineros y refinadores tienen sentido, ya que pueden compartir tanto el riesgo como las enormes necesidades de capital que implican los nuevos proyectos. Trabajando juntas, las operaciones ascendentes y descendentes pueden aprovechar la experiencia de la otra parte para mejorar los márgenes y captar más cuota de mercado. Este tipo de alianzas ya se están produciendo; por ejemplo, Pilbara Minerals se ha asociado con POSCO en Corea del Sur, mientras que SQM y Wesfarmers han unido sus fuerzas en un proyecto en Australia Occidental. Esperamos que este tipo de alianzas se impongan en el sector en el futuro”, concluye Pedersen.

Vale.

Feijóo dispuesto a perder Extremadura por el criterio de “la lista más votada”. Después de hacer números (vamos, de que le hagan los números, porque seguro sabe menos de aritmética que de geografía) ha llegado a la conclusión de que perder Extremadura argumentando lo de la lista más votada, eso le reportará ganar en otros sitios, en provincias, en capitales.

Vamos, que a Feijóo, Extremadura se la suda.

Después de los días de campaña, en los que la candidata de la derecha se desgañitaba pidiendo a Vara (antes de celebrarse las elecciones) que la dejara gobernar a ella. Después de celebradas las votaciones, y conocido el resultado, cuando Vara planteó su marcha a su puesto de trabajo de forense, la candidata, que ya se veía presidiendo la Junta, publicó un tuit en el que despedía con muy buenas palabras a Guillermo Fernández Vara.

Con lo que Guardiola no contaba era con el PSOE, un partido democrático, en el que la posición política la marcan los militantes a través de sus órganos de gobierno, pidieran a Vara que retirara su retirada y que presentara su candidatura a repetir en la Junta extremeña, porque para eso el partido había sido el más votado, había sido el que había ganado las elecciones.

Desde la presidencia del PP extremeño no entendían que Vara anunciara su marcha y al día siguiente anunciara que bueno, que de momento, no, porque ganar las elecciones da derecho a plantear su opción de gobierno. Tampoco entendían, ni entienden, que los militantes del PSOE son los dueños del partido. En el PP tienen otro concepto de democracia interna.

En estas hemos estado hasta hoy, cuando el exdirector de Correos ha dicho que Extremadura se la suda, que prefiere perder la comunidad autónoma a cambio de mantener en otros territorios el mantra de la lista más votada. Sin duda, le resulta más interesante, seguramente, que los habitantes de esta región.

Por supuesto, el mutismo se ha adueñado de la dirección pepera en la región, y la locuaz Guardiola calla. El Periódico Extremadura da la información que sale desde la sede regional del PP, y al mismo tiempo lo que ha dicho Feijóo en el pOgrama de Ana Liar Quintana, de manera que transmite ambas informaciones como paralelas o superpuestas, sin réplicas o valoraciones.

Aún no sabemos cuál es la posición de Guardiola tras esas palabras de Feijóo, pero debe estar tragando quina.

Esta tarde del 01/06, en el pOgrama Cuatro al día ha contestado a la posición del presidente de su partido que ella solamente tiene un jefe, que son los extremeños, no como Vara, que obedece solamente a Sánchez. La frase sobre “su” jefe no puede ser más populista.

Que el presidente del PP, Alberto Friend Narco, que seguramente tiene algo que decir en la estrategia nacional de su partido, secundado por los Bendodos correspondientes, y que su posición, al día de hoy, sea la de perder Extremadura por el beneficio de ganar en otros lugares y hacerse con mayor cuota de poder es doctrina de partido. Veremos en los próximos días la resistencia de la presidenta del PP de Extremadura y la capacidad de persuasión de la dirección nacional.

Pueden ser unos días divertidos, en los que tragar saliva puede llevar a algunos a atragantarse o, en el caso contrario, hacer prevalecer el rango de autoridad, para demostrar a otros osados quién manda.

Personalmente, no creo en la capacidad de resistencia de la presidenta de un partido de una comunidad pequeña, que para el PP y su presidente es, simplemente, prescindible.

Creo que si no alcanza un acuerdo inmediato con Vox y viable para la presidencia nacional, tendrá dificultades en la presunta autonomía que le ha dado Feijóo. O lo que es lo mismo, si no se echa en brazos del partido fascista cuanto antes, sin capacidad para rechazar posiciones más ultras que las suyas, la “polémica” entre el PP nacional y el PP regional puede levantar muchas ampollas.

Vale.

Una lectura rápida de los resultados electorales del 28M situaba la pretendida mina de litio de Cáceres en manos de la derecha, de Partido Popular y Vox, que pactarán un gobierno conjunto, y que una de las condiciones de la ultraderecha a la ultraderecha del PP será apoyar sin fisuras la instalación de la mina. Bien es verdad de que de cara a la galería estará aquello de si los informes son favorables, sin conlleva la instalación de industrias…

Sin embargo, esa lectura rápida decayó el mismo martes, 30 de mayo, cuando el Consejo de Ministros aprobó presentar un recurso de inconstitucional sobre el “Decreto del litio”, aprobado en la Asamblea de Extremadura, con la abstención del PP. Básicamente, el gobierno de la nación plantea la cuestión de inconstitucionalidad por la invasión de competencias del Estado, singularmente por el hecho de que los recursos mineros son propiedad, precisamente del Estado, y que su explotación no puede estar sujeta a cuestiones como la obligatoriedad de su transformación por decisiones de la Comunidad Autónoma.

Por tanto, la instalación de la mina, su aprobación, radicará en las competencias autonómicas, pero el aprovechamiento de sus materiales no, por lo que aquello de “quedar aquí la cadena de valor del litio” ya no es una obligación a cumplir por la empresa minera que resultara adjudicataria de la explotación.

Cambia el escenario, y mucho. Primero, porque cambian los actores locales, que sin duda serán partidarios entusiastas de la propia explotación minera. Segundo, porque cambian también los actores regionales porque, aunque el PSOE plantee la investidura de Guillermo Fernández Vara, como ganador de las elecciones (¿recuerdan el mantra de la derecha de dejar gobernar a la candidatura más votada?), pero al que el apoyo de Podemos no le es suficiente, por lo que será, de nuevo, un pacto PP-Vox, a sangre y fuego, el que decidirá la presidencia autonómica.

Tercero, porque la convocatoria electoral de las generales para el 23 de Julio, día de la patrona de Suecia, dejan en el aire la toma de decisiones políticas en torno al litio, singularmente, sobre si el gobierno central permitiría alguna concesión al autonómico, algo que no entra dentro de lo posible.

Al informar sobre el recurso de inconstitucionalidad sobre el decreto del litio, los llamados medios (todos, a la derecha del arco político) se han apresurado a afirmar que el recurso gubernamental no tendrá efectos sobre los proyectos actualmente en tramitación, ya que los compromisos (¿?) de los promotores están garantizados. Claro, que en el caso de Cáceres, la fuente de ese fuerte compromiso es… Ramón. Vamos, compromisos compromisos pues nada creíbles, siendo la fuente la que es.

Por otra parte, en los mercados bursátiles donde se marcan los precios del litio (que han caído a la mitad en lo que va de año respecto a 2022) no se habla de otra cosa que de la compra de la pequeñas mineras (Infinity Lithium es muy pequeña) por otras más grandes que ante la caída de los precios necesitan hacerse con mayores cuotas de mercado para tener más influencia en la determinación de esos precios.

Finalmente, en toda esta situación, aparece la Plataforma Salvemos la Montaña, que se ha quedado sola con el “no a la mina”, tras la pérdida de Podemos de un 34% de su electorado, ya se ha dado un primer paso a una nueva estrategia. Mientras que al final de la legislatura se rompieron todos los puentes con el gobierno municipal del PSOE, el primer movimiento de esa estrategia ha sido ofrecer al PP, como ganador de las elecciones y que formará, junto a Vox, el nuevo gobierno municipal, los informes de los que la Plataforma dispone. ¿Para qué?

Para señalar su rendición con armas y bagajes.

Vale.

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, contra los artículos 2, 3 y 4 del Decreto-ley 5/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en Extremadura.

Los fundamentos jurídicos giran en torno a que se considera inconstitucional establecer la obligación de que el tratamiento y beneficio metalúrgico del litio extraído en la Comunidad Autónoma de Extremadura se realice sólo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fundamentos jurídicos

Los fundamentos jurídicos en los que se basa el recurso son los siguientes:

1. Incompatibilidad con la configuración constitucional del demanio natural minero. Las minas se configuran como dominio público y, dentro del dominio público, como dominio público natural -que pertenece en todo caso al Estado, de acuerdo con el art. 132.2 de la Constitución Española (CE)- formando parte de la riqueza nacional, por lo que la supeditación de su riqueza al territorio autonómico implica quiebra de las competencias estatales en materia de igualdad de derechos, legislación civil y bases en materia minera y energética (art. 149.1.1ª, 8ª y 25ª CE), así como del principio de igualdad (art. 14 CE) y del derecho de propiedad (art. 33 CE). Todo ello, de acuerdo con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el dictamen del Consejo de Estado.

2. El establecimiento de una obligación al concesionario de que el tratamiento y beneficio del litio se realice en Extremadura supone una vulneración de la competencia estatal en materia de planificación de la economía (art 149.1.13ª CE), así como con los principios de unidad de mercado (art. 139.2), de libertad de empresa y libre competencia (art. 38 CE).

3. Las concesiones mineras se rigen supletoriamente por la normativa de contratos del sector público (Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de octubre de 2019). Por ello, el establecimiento de una obligación como tal al concesionario implica una vulneración de la competencia estatal en materia de contratación pública, por incidir en los principios esenciales en materia de contratación, al imponer una obligación que no guarda relación con el objeto del contrato. Todo ello podría además vulnerar la normativa europea.

La Comisión Bilateral de Cooperación, en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, no ha alcanzado ningún acuerdo sobre la citada norma, pese a las diferentes propuestas planteadas desde el Ministerio de Política Territorial a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El 30 de abril, en una entrada de este mismo sitio, escribí: “En términos de realidad, el escrutinio de la noche electoral del 28-M dará el resultado que la voluntad de los cacereños quiera, pero no me atrevo a afirmar que la posición contraria o favorable a la mina sea determinante.

En 2019, el PP obtenía 13.457 votos y los citados 7 concejales. En 2023, el número de votos obtenidos ha sido de 20.445 y concejales 11.

En 2019, el PSOE obtenía 17.032 votos y 9 concejales. En 2023, el número de votos obtenidos ha sido de 17.054 y concejales 10.

En 2019, Vox obtenía 3.228 votos y 1 concejal. En 2023, el número de votos obtenidos ha sido de 4.667 y concejales 2.

En 2019, el Podemos obtenía 5.228 votos y 3 concejales. En 2023, el número de votos obtenidos ha sido de 3.444 y concejales 2.

Hay que señalar que en 2019, Ciudadanos obtuvo 5 concejales, por ninguno en 2023.

Los resultados, fríos, más allá de conocer la victoria del PP, que suben número de concejales, de 7 a 11, y que para gobernar necesitará de Vox para conformar una mayoría absoluta, los números, tanto de votos como de concejales no señalan, en ningún caso, más bien al contrario, que la posición sobre la mina pueda ser, como decía, determinante.

Los datos, fríos, indican que el PP, al que la Plataforma Salvemos la Montaña ha colocado en el grupo de los pro-mina, no ha sido castigado por esta variable. Tampoco el PSOE se ha visto castigado por esa posición atribuida, ya que mantiene prácticamente igual el número de votos obtenidos y aumenta en un concejal su representación. La suma de los concejales obtenidos por PP y PSOE es de cinco, el mismo número de representantes que tenía en 2019 el desaparecido Ciudadanos.

Queda por analizar los resultados de Podemos y Vox, a los que situaremos, por convención general, en los extremos del arco parlamentario. Así, Vox duplica su representación, y obtiene 4.667 votos, mientras que Podemos pierde un escaño y obtiene 3.445 votos.

La misma Plataforma coloca a Vox en el grupo de los pro-mina y a Podemos, en los contrarios, con una posición muy precisa tanto en declaraciones de su líder regional como en la señalada por la Plataforma, al ser el único partido que, expresamente, se ha colocado en contra de la mina, como algunos minoritarios de los variados que había en las urnas.

Si somos rigurosos, la subida en votos del PP llevaría a considerar, a modo de falso plebiscito, una importante representación de los partidarios de la mina. En esa rigurosidad, el PSOE ha mantenido prácticamente, el número de votantes de 2019, sin que su posición sobre la mina haya tenido alguna repercusión.

En cambio, en esa rigurosidad de los fríos datos, Podemos, abiertamente contrario a la mina ha perdido 1.776 votos, esto es, un 34% en número de votos respecto de 2019.

Los datos, los fríos números, señalaría que la posición contraria a la mina ha perdido por goleada. No es exactamente así, pero es una pista.

Lo curioso es que tras conocerse el resultado electoral, es decir, el frío número de votos y concejales, la reacción observada en la RRSS respecto del asunto de la mina ha sido la de cocear como mulo en una pequeña cuadra. Los contrarios a la mina deberían, a mi juicio, hacérselo mirar de cara a un futuro próximo y plantearse nuevas, novedosas estrategias que muevan la conciencia ciudadana, y a Podemos les queda un mundo por recorrer. No han hecho campaña, se han limitado a cuatro mensajes y medio, y si hubieran repetido, como ha hecho PSOE, su posición de 2019, y obtenido, por tanto, 3 concejales, la suma de la izquierda hubiera sido mayoría absoluta. Y Podemos debe reconocer su error de no hacer campaña.

Soltando coces no se irá a ningún sitio.

Vale.

Cuando la campaña electoral para el 28M está llegando a su final, van asentándose algunos puntos que, necesariamente, nos hacen sacar alguna sonrisa más allá de las muecas que algunos candidatos aciertan a colocar para las fotos oficiales, o para las fotos de prensa (los más afortunados) amiga que siempre los quiere sacar favorecidos.

En el año pasado se cerraron en Cáceres las tiendas de chuches Sánchez Cortés y algunos de sus locales fueron reemplazados por franquicias del mismo sector de mercado. Incluso la más céntrica, la situada en la calle parecida a la calle Larios de Málaga, también ha sido sustituida por otra franquicia de chuches.

Bueno, chuches electorales son algunas “ideas” que el candidato del Partido Popular ha ido colando en unos vídeos cortesía de algún usuario de las últimas versiones de autocad, en las que se regala a los posibles electores un caramelo electoral.

Así, la Plaza Marrón se ve alterada con una preciosista recreación renderizando unos planos para convertirla en plataforma única, con la pretensión de dar lucidez aún mayor al Museo Helga de Alvear. Evidentemente, no aparece ningún vehículo ni ninguna alternativa para vehículos que aparcan en el tramo superior de Camino Llano y que circulan de paso hacia otros puntos. Es decir, desahucian los aparcamientos sin alternativa aparcacional.

También, el candidato del PP presentó el primero de sus vídeos en el que mostraba cómo sería con ellos en el gobierno municipal la Ribera del Marco, solo que metiendo en esa Ribera Regato Plata o Arroyo de la Plata, que es una escorrentía estacional que no pertenece a la Ribera.

Otra ocurrencia del mismo candidato (ya van tres) es convertir la Avenida de la Virgen de la Montaña en un bulevar, con acerado en la parte de los pares más o menos de la anchura actual, quizá un poco más, una calzada de dos carriles y dos direcciones (bajada y subida) y el resto, hasta los edificios de los impares como un amplísimo acerado. Claro, sin señalar cómo harían los vehículos que circularan por la parte de los pares, en bajada, para acceder al garaje Norba y al buen número de garajes de los edificios de esa calle, o cómo resolver el encuentro entre Dionisio Acedo con el bulevar… Minucias.

Pues estos caramelos sin sabor alguno han salido del último local que quedaba de las golosinas de Sánchez Cortés, y están siendo vendidos por el candidato del Partido Popular, Rafael Mateos, que, si uno quita el volumen a la tele o se abstrae de los muy favorables pies de foto de los periódico, se parece mucho a un vendedor de pompas fúnebres en cualquier serie de detectives made in USA.

Porque el rictus de persona mayor (aún cuando parece joven), su posado, su caminar o sus ademanes, no se sabe si están vendiendo por el PP las bondades de un programa electoral (bondades, programa electoral y Partido Popular no conjugan bien en el mismo párrafo) o si está presentándose como nuevo cobrador del recibo de los muertos.

Las chuches desaparecidas de Sánchez Cortés no parece que vuelvan a endulzar a los niños de la ciudad, y los mayores ya conocemos cómo se gastan en la derecha, en el PP, los dulces envenenados. Por ejemplo, los 100 millones de pesetas en el mercado gourmet, o la misma cantidad en convertir la calle san Pedro de Alcántara en una calle privada, solamente utilizable para acceder a los aparcamientos particulares de la alta clase que la habita.

Vale.

Una vez que se han convocado las elecciones autonómicas y municipales del 28 de Mayo, y se ha aderezado el guiso con propuestas y declaraciones, todavía sin asomar programas políticos de las listas presentadas, conviene hacer alguna reflexión.

Parecería que en el caso de Cáceres ciudad, todo va a girar en torno a la posición que sobre la presunta mina de litio, adopten las diferentes candidaturas. Creo que, como todo reduccionismo, sería un error creer que ello va a ser así. La situación actual en torno a la tramitación del expediente de la presunta mina es la que se marca desde el procedimiento, más o menos claro, según por donde se mire, sigue transcurriendo en la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad.

A lo largo de muchos años de conocer la evolución del electorado cacereño, los posibles efectos electorales de cualquier punto polémico, no han sido finalmente los causantes de debacles de cualquiera de los dos partidos mayoritarios. Porque en dos procesos distintos, tanto el PSOE como el PP vieron reducida su representación a 7 concejales, si bien, el PP ha sido más veces el más votado, incluso con mayorías absolutas en la capital, aunque en el ámbito regional no se correspondiera igual resultado.

En términos de realidad, el escrutinio de la noche electoral del 28-M dará el resultado que la voluntad de los cacereños quiera, pero no me atrevo a afirmar que la posición contraria o favorable a la mina sea determinante.

El PSOE, en el gobierno, guarda un prudente silencio (desde su perspectiva), porque estando el asunto, delicado, en trámite, cualquier posición favorable o contraria podría interpretarse de imposición a los técnicos que tienen que informar, lo que podría dar lugar a engorrosos procedimientos.

Sin embargo, que el PP guarde silencio, cuando no gobierna ni en la ciudad ni en la región es una muestra de incapacidad. De incapacidad de asumir que su posición pueda jugar a su favor en las urnas o en su contra. Mientras el PSOE sabe, por ser gobierno, que cualquiera de las dos posiciones posibles adopte, siempre jugará a su contra, en función del electorado que sea más favorable o contrario a la mina.

En el caso del PP, su incapacidad de tomar una decisión está reflejada en las listas publicadas por la Junta Electoral de Zona. Y lo están en un caso concreto: el PP no se atrevió en su día a echar del partido a Aguilera, alcalde de Malpartida de Cáceres, que había sido condenado en firme por un delito de violencia de género. Ahora, cuando llega el momento de hacer las listas electorales, nos encontramos con que el PP no se presenta a las elecciones en Malpartida de Cáceres, municipio muy importante, porque no se atrevió en su momento a expulsar a Aguilera y no se atreve, ahora, a presentarlo en sus listas.

Pues lo mismo sucede al PP con su posición sobre la mina: ahora no se atreve a oponerse (sin explicar las razones) y no se atreve a apoyar la implantación de la presunta mina (también si explicar las razones). Sucederá, entonces, que si se decide la explotación minera, el PSOE solamente pagará con votos la decisión final, mientras que el PP pagará con votos cualquiera que se sea esa decisión.

Respecto a los demás partidos, Podemos recogerá el voto contrario a la mina si para el 28M no hay una decisión ejecutiva tomada, es decir, recogerá el descontento, que entonces podremos cuantificar.

Los demás partidos, los regionalistas y localistas, no tendrán nada que decir en este asunto. Los resultados que obtengan no podrán ser, como en el caso de Podemos, atribuidos a una posición clara sobre el asunto.

Reducir las elecciones a un solo elemento a considerar, por muy importante que este sea, tendrá, a mi juicio, poco recorrido demográfico, electoral si se quiere, pero ver la ansiedad que se deriva de la presencia en las redes sociales de los contrarios a la mina, si llegamos al 28M sin una decisión ejecutiva (sí o no) tomada, puede ser muy perjudicial para quienes están en posiciones contrarias, si de aquí al 28M sigue in crescendo la ansiedad, el deseo de ganar la partida.

Una partida, que, por otra parte, a mi juicio, ni se gana ni se pierde en las elecciones locales y autonómicas del último domingo de mayo.

Vale.

En la entrada anterior (21 de abril) equiparaba la situación entre Doñana y Cáceres, con un empate sobre su futuro. Doñana, por ampliación de regadíos, Cáceres por la pretendida instalación de un mina de litio. A lo largo de múltiples entradas he pretendido desgranar lo nocivo y peligroso para Cáceres que resultaría la mina de litio.

Ahora, al leer el posicionamiento de ICOMOS-España sobre Doñana, resulta muy interesante y pedagógico conocer las razones que la entidad de la UNESCO señala para defender Doñana frente a una proposición de ley que aún no está en vigor y hacer un pequeño esfuerzo: leer el comunicado de ICOMOS sustituyendo Doñana por Cáceres.

Que les guste el pasatiempo.

Tras conocer el inicio de los trámites para la aprobación de la ley de regadíos de Doñana, ICOMOS-España quiere expresar su más profunda preocupación por el impacto que la misma tendrá en este sitio Patrimonio Mundial, uno de los tres lugares naturales que gozan de esta distinción de la UNESCO en territorio español. Como organismo asesor del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO para el patrimonio cultural, ICOMOS-España lamenta la nueva norma, redactada en contra de las opiniones de especialistas y expertos/as, así como de organizaciones como Hispania Nostra y IUCN. La norma contribuirá a la ya de por si preocupante degradación de este tesoro de biodiversidad, al darse por buenos los regadíos ilegales que, junto a otros factores, han llevado al área a la lamentable situación en la que hoy se encuentra.

El Parque Nacional de Doñana es un humedal excepcional en el contexto europeo, un extraordinario ecosistema que alberga también un riquísimo patrimonio cultural, material e inmaterial asociado, por lo que fue inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial en 1994. Desde entonces es uno de aquellos enclaves que pasan a ser considerados como patrimonio de toda la humanidad al demostrar un valor universal excepcional, ejemplo de la diversidad del patrimonio cultural y natural del mundo. A este reconocimiento se suman muchos otros: Red Natura 2000, Reserva de la biosfera (1980), Convención RAMSAR relativa a los Humedales de Importancia Internacional (1982), Diploma del Consejo de Europa a la Conservación (1985) y Listado de Áreas Protegidas UICN (2015).

Pese a esta amplísima protección internacional, desde su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial Doñana ha sufrido distintos impactos, enumerados, entre otros, en los quince informes reactivos sobre su preocupante estado de conservación y factores de degradación (principalmente debidos a mala praxis humana) elaborados en el marco de esta Convención. A estos informes se suman numerosos pronunciamientos y denuncias de los organismos internacionales implicados en los instrumentos tutelares internacionales citados. A pesar de todo ello, resulta incomprensible no otorgar el máximo cuidado al sitio, especialmente en estos momentos en que el cambio climático supone una grave amenaza para el bienestar de las comunidades, y cuando la unión de naturaleza y cultura resulta aún más imprescindible para cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible.

El Comité Nacional Español de ICOMOS se suma por todo ello a otros llamamientos como los de la WWF, SEO BirdLife, IUCN e Hispania Nostra para que se reconsidere cualquier actuación que pueda tener un impacto negativo en Doñana. La protección y disfrute de este sitio es un derecho y deber de toda la comunidad internacional, por lo que instamos a la Administración autonómica y estatal competente a detener la tramitación de la nueva ley de regadíos en cumplimiento con la normativa española y andaluza en vigor que le afecta y con los compromisos internacionales adquiridos con su voluntaria inclusión en diversas categorías y convenciones patrimoniales internacionales cuya vulneración es un perjuicio para toda la humanidad y especialmente para la sociedad local más afectada.

ICOMOS-España. 19 de Abril de 2023

Vale.

La presentación de la candidatura de Luis Salaya a la reelección a la alcaldía de Cáceres tuvo un momento que pudo resultar extraño para que el Secretario General del PSOE y Presidente del Gobierno le dedicara un pasaje de su discurso: su referencia al conflicto de Doñana. Sin duda, muchos cacereños resaltaron que no procedía esa referencia a Doñana. También es cierto que el propio Pedro Sánchez no introdujera el tema con alguna alusión a nuestra ciudad.

Pero cuando Pedro Sánchez hablaba de Doñana lo hacía señalando el carácter de Patrimonio no solo de Andalucía, ni de España, sino Mundial que tiene el enclave andaluz. Le faltó referirse a que ese mismo valor de Patrimonio Mundial lo tenía a un paso, incluso lo paseó antes del mitin. Cáceres es Patrimonio mundial.

Igual, exactamente igual, que Doñana, la ciudad de Cáceres tiene el sello distintivo del VUE (Valor Universal Excepcional). Cualitativamente Doñana y Cáceres, Cáceres y Doñana comparten título.

De hecho, está claro que las políticas europeas medioambientales protegen al Coto andaluz ante agresiones como la de permitir regadíos que terminarán secando los humedales tendrían consecuencias económicas para la Administración Español, pero ello, además, supondría perder el título de bien patrimonio mundial.

El mismo peligro que supondrían los regadíos pretendidos en Doñana lo tenemos en Cáceres con la mina de litio. El mismo. Porque son Valores Universales Excepcionales. Y la mina de litio puede ser al fin del sello especial con el que parece que nos enorgullecemos.

Es muy probable que muchos de los cacereños que se quejaron de las alusiones en ¡Cáceres! a Doñana por parte del Presidente del Gobierno no se hayan parado a pensar en que la defensa de un bien tan preciado como Doñana da a nuestra ciudad el elemento necesario para evitar que una aberración como la que pretenden los especuladores australianos llegue a instalarse.

Para entender el “empate” entre Cáceres y Doñana, sería muy conveniente conocer que si en estos momentos se declarara una alerta patrimonial sobre la ciudad de Cáceres, como puede representar la mina de litio, y esa alerta se planteara ante el ICOMOS, organismo que es conocido y que ha tenido relevancia en épocas anteriores, la situación no se resolvería igual.

Por otra parte, la amenaza punitiva que llega desde la Unión Europea sobre Doñana, no tiene que ver, directamente, sobre el carácter de Patrimonio Mundial, sin con la vulneración de las normas medioambientales europeas. Eso sí, si se diera el caso, perdería automáticamente esa condición.

Por otra parte, la instalación de una mina de litio, de las características de la que se pretende en Cáceres, sí llevaría la pérdida del Valor Universal Excepcional por sí misma, aunque la Unión Europea avalara la explotación minera.

El último caso de intervención sobre la ciudad monumental de Cáceres ocurrió con la construcción del Hotel Atrio, cuyo primer proyecto fue prácticamente barrido por la actuación de ICOMOS España. Hay que tener en cuenta que la intervención de ICOMOS y su resolución por este Organismo se debió a que se trataba de una actuación muy concreta, sobre un inmueble muy concreto.

En el el caso de la mina de litio no estaríamos hablando de una actuación singular, sino de la incidencia global. Y su resolución tendría que ver, si se planteara una alerta patrimonial, con las directrices que directamente marcara la UNESCO como organismo internacional, por encima de las competencias de Administraciones Públicas, incluido el Gobierno de España, como estado parte.

Los caminos de Cáceres y Doñana discurren muy paralelos, uno por la mina de litio, otro por unos regadíos que secarían el parque, y las soluciones, en distintas instancias (UNESCO, directamente en el caso de Cáceres, Unión Europea en el caso de Doñana) conllevarían la pérdida del carácter de Valor Universal Excepcional.

Vale.