Archivos para noviembre 2022

El 21 de noviembre pasado, la sociedad limitada Extremadura New Energies procedió a un leve, aparentemente, cambio en su estructura sociativa. Así, el Director General pasó (ascendió) a la categoría de Apoderado Mancomunado, no sé si perdiendo, no creo, su condición de Director General, mientras que Ramón Jiménez Serrano, el CEO de los altares empresariales de Cáceres, también era nombrado Apoderado Mancomunado, entiendo que manteniendo su título.

Los poderes que se otorgan ante notario pueden ser de muchos tipos y denominaciones, pero los más conocidos en el ámbito societario son “Apoderado Solidario” y “Apoderado Mancomunado”.

Para la mejor comprensión de los conceptos, en los poderes se pueden nombrar uno o más representantes y en el caso de que sean varios, cabe la opción de permitir que cada uno pueda actuar con independencia de los otros (apoderados solidarios), o bien que todos necesiten actuar conjuntamente (apoderados mancomunados). Incluso es posible distinguir y permitir que todos actúen independientemente para la mayor parte de los actos, pero exigir el consentimiento de todos para aquellos considerados más relevantes, como la venta de bienes inmuebles.

Todos los poderes se basan en una estrecha relación de confianza entre el que lo da y el que lo recibe. No muy corriente en el ámbito societario, estaría el Apoderado General, o el en el caso del poder general, que otorga un amplio control sobre el patrimonio, por lo que hacerlo a favor de la persona equivocada podría producir consecuencias catastróficas.

Que ahora se haya producido una “igualación” entre David Valls y Ramón Jiménez, que se ve desposeído de su halo poderoso, y deberá bajar el diapasón de sus apariciones públicas.

Eso no quiere decir, ni mucho menos, que la empresa renuncie a sus estrategias y a su programa de máximos, que ahora deberán compartir entre el Ingeniero Valls y el CEO Ramón, lo que no sé es si Ramón aceptará de buen grado dejar de ser, a efectos prácticos, la reina del baile.

Ignoro hasta qué punto puede ser una caída en desgracia de Ramón, que seguramente él negará y tratará de restarle importancia si se le pregunta (cosa que no creo que haga ningún juntaletras del pueblo), y si hace lo que estoy pensando que es probable que haga, será una confesión de parte de ello.

Cualquier empujón que la Audiencia de Murcia dé al sumario de “La Sal I” puede precipitar un peldaño más en esa caída en desgracia. Los australianos, tan lejanos ellos, tan especuladores ellos, no estarían dispuestos a que la realidad judicial de Ramón Jiménez Serrano les alcance con algún titular que pudiera ser conocido en la bolsa australiana.

Ya es sabido que los especuladores tienen dos comportamientos básicos: son depredadores del dinero de los incautos inversores que les confían sus dineros (salvo si son, como ellos, especuladores), y son miedosos de que cualquier piedrecita en el camino les pueda hacer saltar los bolsillos y afectarles a la cartera de valores.

En todo caso, me atrevo a afirmar que esto es el principio del fin del CEO.

Vale.

La violencia medioambiental describe las maneras en las que los seres humanos degradan la tierra, el cielo y las aguas: los pesticidas que contaminan las vías fluviales y envenenan a las personas y a los animales, las terribles heridas a la Madre Tierra causadas por las arenas bituminosas, la extracción de uranio y el y el enterramiento posterior de sus residuos radioactivos, los humos acres de la industria, la quema de basuras, y las operaciones militares que dejan tras de sí minas terrestres y armas químicas mortíferas.

Las actividades extractivas son el modo primario más antiguo de agresiones medioambientales y las sucesivas normativas legales que se aprueban respecto a ellas no tienen como objetivo la protección, en primer término, de las personas que habitan los espacios más cercanos a esas actividades, y, después, el hábitat que preexiste a la acción minera, a la actividad extractiva, sino en aplicar remedios prejuiciales que permitan, en definitiva, el ejercicio de la maquinaria de extracción como industria especulativa.

Esta violencia medioambiental la venimos sufriendo en la ciudad de Cáceres cuando expresamos todas las cautelas y prevenciones sobre un proyecto extractivista, que hasta ahora no ha demostrado sino acomodarse a una normativa dictada y existente para garantizar los presuntos derechos mineros, derechos que se colocan en un nivel superior, en un nivel más alto que los derechos de los ciudadanos.

La violencia medioambiental no es algo que se dé en pueblos remotos, con menos índices de bienestar, sino que se da o se puede dar en los entornos “más civilizados”, más del primer mundo. Lo estamos viendo ahora en nuestra ciudad cuando observamos que los intereses puramente especulativos de la minera asustraliana, junto con la apatía (desearía que fuera transitoria) de las autoridades y de buena parte de una ciudadanía que se considera ajena y a salvo de agresiones medioambientales.

Para la empresa minera, y muy especialmente para su máximo responsable en España, cuyos antecedentes deberían ser motivo suficiente para su exclusión y de su empresa, nuestras vidas se consideran algo desechable y nuestra destrucción se convierte en una necesidad en pos de los beneficios de la empresa australiana.

Además de las consecuencias directas sobre nuestra salud, al producirse la actividad extactiva, agresiva, muy cerca de nosotros, que puede llegar a r a tener infinidad de efectos perjudiciales, la mayor afección medioambiental, mi juicio, es la afectación a nuestras formas tradicionales de cuidar los unos de los otros, que se desmoronan. Ya lo estamos viendo con la actividad comercial del CEO cuyo futuro inmediato es sentarse en el banquillo de los acusados por corrupción, ofreciendo dinero para patrocinios deportivos, ya que no hay nada más perjudicial para la práctica del deporte, sobre todo al aire libre, las emisiones a la atmósferas de los gases degradados de una mina, por mucho que vendan lo de emisiones cero. Ofrecer dinero para esponsorizar acontecimientos deportivos no es achacable, como efecto negativo, solamente a la empresa, sino también a quienes aceptan ese dinero sin capacidad de realizar un análisis crítico de lo que supone el mensaje que se transmite.

Nuestra pertenencia, como ciudad, al selecto grupo de ciudades patrimonio de la Humanidad por la UNESCO puede sentirse muy afectada, incluso llegando a perder tal nominación; nuestra cultura, nuestra historia, nuestro modo de vida se resquebrajará, porque la violencia medioambiental es una violencia que se ejerce sobre los más débiles. En este caso, Cáceres y sus ciudadanos.

Las consecuencias de la violencia medioambiental sobre la salud, sobre la seguridad del territorio, y sobre la que poco a poco se ha ido construyendo una referencia económica que no podemos perder, el turismo, hacen que los tiempos tan largos que llevamos luchando contra esa violencia que nos quieren imponer, vayan, por un lado, forjando un espíritu de lucha en mucha gente, al tiempo que, por otro, vemos cómo los ciudadanos despojados de ese espíritu, o carentes, por miles de circunstancia, de una capacidad crítica necesaria.

Apelar a la violencia medioambiental, tenida como una amenaza real, debería ser motivo suficiente para desechar el indeseable proyecto. Porque una realidad incontrovertible es que ninguna de las normas existentes en nuestro país en materia medioambiental está diseñada para valorar esa violencia que existe, esa violencia que en muchas ocasiones vemos en los periódicos.

Y las actividades mineras son, sin duda, las más agresivas sobre el medio ambiente y sobre la capacidad del hombre de relacionarse pacíficamente con su entorno, y no convertir ese entorno una arma criminal contra el hombre.

Vale.

Flores Avelina

Cada vez que paso por el antiguo parque de Calvo Sotelo, ahora, acertadamente, Parque de Gloria Fuertes, normalmente camino de Correos o por esa zona, miro el quiosco de Flores Avelina, cerrado definitivamente en 2019, al haber caducado la concesión demanial del uso del suelo en favor de los dueños de la floristería y resueltos los recursos en favor del Ayuntamiento ante el Tribuna Superior de Justicia, imagino a qué podría dedicarse, cuál sería el uso que podría darse a un espacio realmente pequeño.

Claro, que también me pregunto quién realmente es propietario del quiosco. Porque no se habrá planteado nadie echarlo abajo. ¿O sí? Es probable que serían dueños del quiosco quienes fueron promotores de su construcción, quienes contrataran su diseño. Estaríamos en un caso de construcción sobre un espacio de titularidad pública, que eventualmente habría disfrutado de concesión demanial, ya que en caso contrario debió detenerse su construcción y ejercitarse la reposición del orden urbanístico incumplido. Al no ser así, parece que la construcción fue legal.

La construcción del quiosco, en algún momento, fue legal y por eso completada su ejecución. Incluso su uso como floristería durante algunos años.

Ahora, ya no, ahora es un pequeño inmueble sin uso, sin concesión demanial para ello, y cuyo dueño, paradójicamente, sería un particular sin derechos a concesión demanial, o con concesión demanial declarada caducada por la justicia, en tanto que el Ayuntamiento, titular de derecho de suelo situado en la vía pública, no puede ejecutar su demolición ya que estaría actuando sobre una propiedad privada.

Como no conozco exactamente la situación jurídica real del quiosco, y que probablemente sea un pequeño laberinto jurídico, sería interesante darle uso, porque su situación, tan céntrica, afea el paisaje urbano. En su caminar judicial, recuerda mucho a los locales de la Plaza de San Jorge, aunque no tanto como la concesión gratuita del dominio público de la terraza de esos locales de la Plaza de San Jorge a un amigo, cuya desaparición del paisaje urbano limpió un poco el ambiente de sátiros.

¿Qué uso podría darse a ese quiosco? ¿Podría volver a ser una floristería? ¿Podrían darse determinados acuerdos, determinada alineación de constelaciones y que pudiera ponerse en uso?

A lo que sí alcanza mi memoria es a recordar al arquitecto redactor del proyecto, que fue, si no estoy errado en mis recuerdos, el fallecido Diego Ariza, una figura irrepetible de la movida cacereña. Al menos, recordar su memoria sería suficiente no solo para evitar tentaciones futuras de recuperación del dominio público y demolerlo, sino para darle un uso cultural, definible, y que fuera un espacio que fuera referente en nuestra ciudad.

Vale.

La bisutería no la puede tapar

Hemos sabido estos días que la minera australiana del litio, dirigida en España por el CEO procesado por corrupción, se ha aliado con una empresa de gas, Enagás, y con una de energías renovables, Alter Enersun. De esta manera, los dos equipos de baloncesto de la ciudad se equiparan en lo de ser esponsorizados por los secuaces del litio.

Claro, que si uno rasca un poco, sólo un poco, aparece más cochambre. No sé si ustedes recordarán una explosión seguida de incendio en el Complejo Petroquímico de Tarragona, con tres muertos. Aquello, que quizás debió tener algún reflejo más del que tuvo en la prensa regional extremeña, pasó casi desapercibido.

Estos días, los Mossos d’Esquadra están finalizando sus informes sobre el siniestro, y las noticias rezan así: “Los Mossos piden a la jueza que impute a cinco altos cargos de Iqoxe por vertidos al mar.

El Àrea Central de Medi Ambient de la policía autonómica presenta un informe en el que apunta a responsables de la empresa por delitos medioamientales y falsedad documental.”

Estos dos párrafos eran el titular de la noticia que el Diari de Tarragona publicaba el 15 de octubre pasado, redactada por el periodista Octavi Saumell.

Dado el interés que puede representar la alianza con el CEO minero de empresas con prácticas medioambientales dudosas, y que dado cómo actúan esas sociedades, no sé yo si no nos caerá por aquí otro CEO del mismo pelaje. Por ello, no me resisto a trasladar a esta humilde Cerca de las Retamas, el cuerpo de la noticia a que me refiero.

Factoria de Iqoxe. Complejo Petroquímico. Tarragona. Foto: Diari de Tarregona

«Los Mossos d’Esquadra apuntan a la cúpula de Iqoxe en la pieza separada de la investigación sobre los presuntos vertidos al mar. Según ha podido saber el Diari, el Àrea de Medi Ambient de la policía autonómica ha solicitado a la jueza del caso de la trágica explosión del 14 de enero de 2020 que, en la parte del análisis judicial que se está centrando en los residuos de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR), acuse ahora a cinco altos responsables de la compañía, al entender que habrían podido cometer posibles delitos relacionados contra los recursos naturales y el medioambiente, así como por falsedad documental.

La petición del cuerpo de seguridad se centra en el CEO de la empresa; el jefe de la fábrica Iqoxe de Tarragona; el responsable del departamento de Serveis Generals; el responsable a nivel tecnológico de la firma; y a un empleado que habría «creado resultados falsos» para «encubrir el delito medioambiental». Todo esto se indica en el informe final de la pieza separada que la policía autonómica entregó el pasado 14 de julio al a magistrada del Juzgado de Instrucción número uno de Tarragona, Sofía Beltrán, al que ha tenido acceso este periódico.

Esta investigación separada estudia, según un auto de la jueza que forma parte de la instrucción, «si el tipo de productos que se realizaban impedía la depuración de la totalidad de los residuos a través de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR)», a a vez que vería indicios de que «la dirección de la empresa había dado órdenes a los trabajadores para que procedieran a verter los residuos».

«Trama para verter aguas»

Ahora, la unidad de los Mossos que ha llevado a cabo una investigación propia avala la tesis de la magistrada, al considerar que la compañía «mediante sus directivos, jefes de producción y tecnología, junto al encargado del laboratorio», habrían «construido una trama para verter las aguas residuales de la empresa al canal del agua de mar», un hecho que «no estaba permitido en la autorización ambiental vigente». Según los Mossos, este sistema comportaría que las aguas residuales «fueran a parar al Port de Tarragona», lo que habría hecho que «no fueran detectadas por la administración aplicando Aquamax EC3332A y menospreciando que esto suponía un daño sustancial considerable para el medioambiente», así como «un riesgo para las personas que entraran en contacto con aquellas aguas contaminadas».

A juicio del informe de los Mossos, se trataría de una situación «que fue sostenida en el tiempo, estando dotada de infraestructura por parte de la empresa», ya que «gracias al delito medioambiental perpetrado» Iqoxe «logró los objetivos establecidos por su CEO, aumentando la producción de derivados año tras año». Asimismo, el análisis del Àrea Central de Medi Ambient concluye que el sistema presuntamente diseñado «suponía una ventaja competitiva», ya que «la depuración de las aguas no se gravaba en el precio final de sus productos» porque «no se depuraban» y, por lo tanto, le permitía reducir costes».

A raíz de ello, los Mossos consideran que, por lo que se refiere a los delitos medioambientales, estos contarían con «agravantes» por «falsear y ocultar información y facilitar datos falsos a la administración», «obstaculizando la actividad inspectora» y «ocultando lo que realmente se estaba vertiendo». Asimismo, los agentes también proponen el delito de falsedad documental «cometido de manera recurrente» por «presentar valores falsos de autocontrol de los vertidos, firmando además las muestras recogidas sabiendo que estaban falseadas».

«No creo que se haya hecho»

Tras recibir el informe de los Mossos d’Esquadra, la jueza del caso dictó un auto el pasado 7 de septiembre en el que consolidó su tesis de que se habrían vertido residuos «especialmente en los turnos de noche y de fin de semana».

Por ello, en esta nueva resolución Sofía Beltrán dio un paso más en la investigación y citó a declarar al responsable de la empresa Iqoxe a nivel tecnológico en calidad de investigado, al considerar que este habría «ideado un sistema de dilución del agua» con el mismo líquido «del sistema de control de incendios», a fin de que «no se detectaran valores de emisión de contaminantes por encima de los límites». En el documento, la jueza añade que el imputado «formaba parte de los órganos de dirección» de la empresa.

Este alto responsable de la firma (C.S.A) prestó declaración ante la magistrada del Juzgado de Instrucción número uno el pasado 28 de septiembre. En su comparecencia, el alto cargo testificó «no ser conocedor» de que existiera el sistema para derivar aguas de salida de la depurada, según sospechan los Mossos, a la vez que negó ser el responsable «de definir los puntos de toma de muestras ni de las analíticas». En este sentido, C.S.A aseguró también «no haber participado nunca en ningún sistema para la disolución de aguas», a la vez que reiteraba que «no creo que se haya hecho nada parecido» a lo apuntado en el informe de los Mossos.»

Hasta aquí, la información publicada en el Diari de Tarragona. Como muchos sabréis, Iqoxe es una empresa del grupo Cristian Lay, propiedad de Ricardo Leal, probo empresario de Jerez de los Caballeros.

Vale.

Gestión del agua

Aún recuerdo la presentación que Ramón y David hicieron de “su proyecto” ante no más de 25 vecinos de Cáceres, donde alabaron las excelencias de lo que según ellos sería el más moderno, ecológico y no sé cuántas virtudes más método minero jamás conocido. De hecho, a cada paso, a cada pregunta, la respuesta era cero. También, por cierto, cuando las preguntas arreciaron sobre algún episodio aún presente de la biografía de Ramón, también surgió el cero. Pero no expresado por Ramón y David, sino el cero en vergüenza.

Señalan en el apartado “gestión de agua”, 2.5.5. de la memoria lo siguiente (copio de manera literal, para que no haya malos entendidos):

El agua de la mina será captada a través de canales hasta el punto más bajo de cada nivel donde será reconducida a estaciones de bombeo.

Cada nivel de excavación tendrá una estación centralizada donde se bombeará el agua hasta las instalaciones de tratamiento donde será depurada y filtrada.

El agua de la mina de interior será utilizada para la planta de proceso.

Parte del agua procedente de la mina se reutilizará para las labores de perforación.

El agua de la mina funcionará en circuito cerrado, si bien deberá pasar por una etapa de tratamiento para reducir el contenido de sólidos.

Se ha estimado un caudal de 5l/seg de bombeo desde la mina que serán íntegramente consumidos en las labores de interior.

El agua de la mina de interior debe ser el agua que las perforaciones y voladuras alumbren de pozos y escorrentías subterráneas, de manera que se producirá una acumulación de agua desconocida, porque no se sabe la capacidad de H2O que pudiera haber. Sí se sabe que por filtración, parte de las lluvias que caen sobre el valle de Valdeflores, van hacia el subsuelo. ¿Qué cantidad? Pues como la parte inferior de la mina estará situada a unos 400 metros por debajo del suelo natural, seguramente bastante. En otro apartado de la memoria cifran esa cantidad en unos 157,680 m3/año. Parece bastante agua.

El agua de la mina, del interior de la mina, será elevada por estaciones de bombeo, situadas una cada nivel de excavación, para llevar luego ese agua hasta las instalaciones de tratamiento, filtrado y depuración. Curioso, porque dicen los ingenieros que han redactado, pero no firmado (¿tan malo creen que es el “proyecto” de Ramón?) que parte de ese agua, filtrada y depurada, se reutilizará en las labores de perforación. O mienten cuando dicen que será depurada y filtrada o lo hacen cuando señalan que parte de ese agua se utilizará en labores de perforación. Pero las dos cosas parece claro que. O lo mismo es que ninguna, pero eso allá ellos con lo que escriben. Lo malo es que eso que escriben lo leen otros (menos los técnicos de la Consejería, claro) y afloran los litios de las contradicciones.

Establecer un circuito cerrado para depuración y limpieza del agua del interior de la mina, hace que el agua consumida arroje los números que resistan en el procesador de tratamiento… de textos.

En aquella infausta exposición de “su proyecto”, Ramón y David vieron que el auditorio asistente no creía ninguna de sus afirmaciones, y no solo las cuestionaban, sino que, directamente, las suspendían. Eso de una mina de emisiones cero no es creíble, porque, por ejemplo, los miles de trabajadores que decían que habrá en la mina, tendrán que respirar y exhalar creo que es dióxido de carbono. Eso sí, para respirar es necesario el oxígeno… y si todas las instalaciones (cinta transportadora, nave inmensa, etc.) son herméticas, ¿por dónde sale el dióxido de carbono y por dónde entra el oxígeno. A no ser, claro está, que los trabajadores también estén encapsulados y, sobre todo, para no arrojar dióxido de carbono, no respiren.

El “proyecto” de Ramón, por supuesto, es un proyecto cero. Incluso, con las diversas subcontratas que tendrían en efecto racimo, todo sería cero. Y, por ejemplo, ningún trabajador, fuera de la subcontrata que fuera, caería desde una altura de unos tres metros hacia un nivel inferior ni sería sepultado por hormigón utilizado para hacer losas en las que enterrar estériles utilizables en un futuro. Por supuesto, el trabajador del supuesto fallecería.

Vale

continuará…

El karma del despido

En el año 2015, cuando salió a la luz el vídeo de un trabajador de la desaladora de Escombreras, la empresa, TEDAGUA, reaccionó despidiendo al trabajador, y el fiscal le acusó de recibir las “mordidas”, también al pintor que grabó la escena y a un exjefe de la planta. El trabajador, que prestaba servicios como administrativo afirmó desde el principio que era víctima de un montaje de la empresa, que cuestionaba su contabilidad. A día de hoy, según fuentes del sumario, ha quedado acreditado que el vídeo lo grabó una becaria, y que él no se quedó con dinero que se contaba.

La empresa, que en 2006, había firmado con HYDROMANAGEMENT, SL, contrato para la construcción e instalaciones, un día después que esta segunda empresa hubiera firmado el contrato principal de la desaladora, creyó que denunciando a su trabajador despedido daría por zanjado el asunto de las mordidas, no contaba con que el exempleado presentara batalla.

En un primer momento, el fiscal superior de la Región, José Luis Díaz Manzanera, situó en el año 2012, al menos, el inicio del presunto cobro de comisiones ilegales a empresas adjudicatarias de contratos de servicios y mantenimiento en la desaladora de Escombreras, por parte de «algunos empleados» de Tedagua. Es decir, que en un primer momento la empresa, TEDAGUA, de cuya estructura societaria formaba parte Ramón Jiménez Serrano desde 2005, y siguió en la misma hasta 2014, cuando cesó del último cargo que ostentaba, representante, parecía señalar a la infidelidad de algunos empleados y desempleados.

Sin embargo, el fiscal superior de la Región de Murcia comenzó a tirar de un endeble hilo, cuya resistencia aumentó con la declaración prestada ante él mismo por Joaquín Peña, el exadministrativo despedido, además de la denuncia interpuesta por el propio trabajador ante el Juzgado de Instrucción nº1 Cartagena, que a la vista de otras declaraciones realizadas ante él, que reveló el modus operandi de las mordidas, que apuntaban al despedido. Un empleado de TEDAGUA, en este primer caso, Peña, solicitaba a un proveedor un pago en efectivo de una cantidad, 4.500 €, para que se le agilizara el pago de facturas presentadas por trabajos realizados en la desaladora. Si no abonaba la astilla, los cobros se retrasarían.

El vídeo que motivó a TEDAGUA a despedir a Joaquín Peña se grabó, según constaba en un primer momento, por el proveedor que había entregado los 4.500 €. Luego ha quedado acreditado en el juzgado que la grabación la hizo una becaria de la empresa.

En 2017, cuando se conoció públicamente una primera parte de la investigación que llevaba a cabo el Juzgado de Instrucción nº 1, la Fiscalía consideraba que los hechos denunciados por TEDAGUA eran constitutivos de los presuntos delitos de coacciones, extorsión y corrupción en los negocios el fiscal ya contaba con más información. La noticia fue desvelada por el periodista J.A. González, del diario La Verdad.

Pero va, no obstante, más allá. Por eso, además de reclamar la toma de declaraciones a las personas implicadas, y que se recabaran sus antecedentes penales, se adhiere a la solicitud de los letrados Bernardino Guillén y Cristina Ojados para que se revise por la Policía Judicial toda la documentación aportada y se aclaren todos los hechos y se señale a los responsables de los posibles ilícitos penales.

Y he aquí que lo que para TEDAGUA podría haber sido un rutinario caso judicial de despido, se termina (o empieza) convirtiendo en un auténtico berenjenal. El letrado Bernardino Guillén, que cinco años después continúa en la defensa del trabajador Joaquín Peña, insiste en que en el asunto hay mucha materia, mucha materia que aclarar.

Es en este punto cuando el Fiscal afirma que Joaquín Peña hace constar que Peña le aportó «un disco duro con numerosos documentos», en los que se probaba que habían existido «traspasos importantes de cantidades de dinero desde la desaladora a Tedagua sin concepto y sin justificar». También que desde la propia empresa en la que Ramón Jiménez Serrano estuvo nueve años con cargos directivos, se facturaron «a la desaladora y, por tanto, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, gastos ‘de otras plantas existentes en España y en el resto del mundo’.

Facturas de trabajos inexistentes, de empresas y servicios que nunca entraron en las instalaciones (como decíamos en la entrada anterior, la del alambique) y facturas de servicios de construcción a lo largo de la vigencia del contrato de mantenimiento. Prácticamente, desde 2006.

El karma del despido de Peña le está soltando un buen sopapo a TEDAGUA y poniendo al descubierto las maneras de hacer las cosas por quienes no tienen respeto por lo público.

En sede judicial, ante la fiscalía, el trabajador alegó que además de carecer de cualquier capacidad de decisión, creía no estar participando en actividades irregulares. Fue cuando preguntó a sus superiores si una factura de Rumanía la tenía que tramitar, a lo que le respondieron: “Usted no piense, haga lo que se le dice”.

Fue a partir de ese momento cuando, según sus abogados, se realizó el montaje del vídeo, creyendo que así le harían un lavado de cara a la empresa, despidiendo a Peña acusado de prácticas ilegales y ganar tiempo para hacer desaparecer de la planta de Escombreras los documento comprometedores, ante un posible registro policial. En el bufete que lleva los asuntos del trabajador recuerdan que la Guardia Civil inspeccionó la planta por orden de la Fiscalía unos días después del despido, sin hallar rastro alguno de los documentos que en 2017 vieron su primera luz y que más pronto que tarde serán del dominio público. El karma.

Vale

continuará…

El alambique del Tío Ramón.

Los que hemos escuchado alguna intervención del Tío Ramón o del director general de la minera del litio, recordamos la soberbia con la que responden que ellos no necesitan, que su empresa no necesita subvenciones.

Seguramente así pensaría Ramón Jiménez cuando en 2005 accedió al cargo de Consejero, luego, en 2006, a Consejero Delegado y luego, en 2010 a Presidente de TEDAGUA, S.A., hasta 2011.

Sin embargo, no fue así. El diario La Verdad, publicó en junio de 2017 una noticia cuyo titular era: “La Justicia investiga otro posible fraude al Estado con ayudas para la desaladora”.

En el cuerpo de la información se incluyen elementos de gran interés, y que por la notoriedad que el ex presidente de TEDAGUA se ha ganado en Cáceres se hace interesante para su conocimiento.

Así, mientras el juez indaga si la empresa cargó irregularmente a la Comunidad Autónoma de Murcia hasta un millón de euros anualmente, también el juez busca documentar la recepción de un par de subvenciones del Ministerio de Fomento. O mejor dicho, dos veces la misma subvención de 20.000 euros, y si ha dado uso distinto al que estaban destinadas.

Según el querellante, quien ayer, 22/06/2017, ratificó su denuncia ante el juez, el Ministerio de Fomento dio sendas subvenciones a Tedagua, con cargo a los presupuestos de 2010 y 2011, para impulsar la innovación industrial.

El querellante señala que dos emails de abril de 2013 y 2015, recibidos de la central de Madrid confirmaban que se habrían, efectivamente, recibido las citadas subvenciones de 2010 y 2011, cuando el Presidente de la empresa era Ramón Jiménez.

En concreto, la innovación para la que se solicitó y fueron concedidas las subvenciones fue para «El proyecto supuestamente innovador por el que se recibió informe favorable del Ministerio era la construcción de un alambique, un aparato inventado en el siglo X para destilar líquidos mediante un proceso de evaporación y posterior condensación», según el denunciante.

Un invento innovador a desarrollar en dos fases, una, la construcción del alambique y una segunda su puesta en marcha. El presupuesto de tal avance de I+D rondaba los 900.000 euros.

Desde luego, la empresa presidida por Ramón Jiménez no puede ser tachada poco imaginativa en la proyección de nuevos medios de producción de lo que fuera que pudiera salir de la desaladora.

El periodista de La Verdad, J.A. González continúa completando la noticia en base a declaraciones del denunciante (recuérdese, el trabajador despedido acusado de requerir mordidas a proveedores de la desaladora), que señaló ante el Juez que la empresa [TEDAGUA] “subcontrató a su vez a otros proveedores al objeto de realizar distintos trabajos que desarrollaran el proyecto». Y añade que esas empresas «nunca trabajaron en la planta» y sus trabajadores «nunca entraron» en ella, según acredita el «libro de control de acceso» de la desaladora.

Vamos, que se pretendía construir un modernísimo alambique sin que hubiera personal que lo hiciera. No está mal. No sé si finalmente, el presidente de Tedagua patentó el invento.

El responsable de la querella ve «chocante» que el Ministerio «premie» por un alambique, con el que «está claro que poco se puede regar», a una empresa «cuyo objeto es desalar agua por procedimientos más vanguardistas» y que además tiene «capacidades muy grandes, ya que debe suministrar caudales a gran parte de agricultores de la Región».

Podría tratarse del caso del alambique, a estudiar por Íker Jiménez, o un de un gran documental de megaestructuras sobre el moderno alambique.

Tedagua pidió en 2015, ya no mandaba Ramón Jiménez al Ente Público del Agua (EPA) de la Comunidad Autónoma permiso para «el desmontaje y la retirada del andamio que sujetaba» el alambique, el prototipo «nunca llegó a funcionar».

El colofón de la información de 2017, en un caso que está muy vivo en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cartagena, lo señala, a mi juicio con una gran frase: «Una vez percibida la subvención, el alambique ha desaparecido».

Vale

…continuará…

Un plato típico de Cartagena

Los michirones son un plato típico del campo de Cartagena y Mazarrón, y consisten en un guiso a base de habas secas, hueso de jamón, chorizo y laurel. Su presentación en cazuela de barro quiere darle un tipismo secular. En exceso, o con mucho apetito, suele ser indigesto, sobre todo para quienes no están acostumbrados a su ingesta.

Algo de eso debió ocurrirle a Ramón Jiménez, que aterrizó en Cartagena-Escombreras a caballo de la empresa Técnicas de Desalación de Aguas, S.A. Una empresa a la que en la entrada 19 de la colección “Las sales del litio”, de esta misma Cerca me refería a una historia mercantil algo convulsa.

Si nos acercamos al grifo del Registro Mercantil (vía www.infocif.es, siempre utilísima) vemos que existen dos sociedades con ese nombre, pero con algún apellido detrás. Por ejemplo, existe TEDAGUA RENOVABLES, SL, con domicilio fiscal en Canarias, y con antigüedad de 4 de octubre de 2007.

Y aparece otra TEDAGUA INT ERNACIONAL, SL, domicilio social en Madrid y con antigüedad de 18 de mayo de 2010. Y ambas con códigos de identificación fiscal distintos.

Por si fuera poco, en el auto judicial de la titular del nº 5 de Murcia se señala que TEDAGUA, empresa contratista de la Desaladora de Escombreras, creada el 06/09/84, y participada en un 99’5% por COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A.

Ciñéndonos a la TEDAGUA de la que conocemos un C.I.F., podemos obtener un currículum de Ramón Jiménez Serrano en ella.

Fecha Cargo

05/10/2005 Consejero

01/03/2006 Consejero Delegado

23/07/2010 Consejero (reelección)

23/07/2010 Consejero Delegado

27/12/2010 Presidente

17/05/2011 CESES Consejero

17/05/2011 CESES Consejero Delegado

17/05/2011 CESES Presidente

04/12/2014 CESES Representante

Esa empresa fue la que firmó con HYDROMANAGEMENT, SL, en cuyo Consejo de Administración también tenía un asiento Ramón Jiménez, la ejecución de la Desaladora de Escombreras, pero eso ya sabemos que es salina de otro costal.

En concreto, responsables de la Desaladora (TEDAGUA) atribuyeron al trabajador que aparece en un vídeo contando dinero de una mordida, no solamente el cobro la cantidad concreta de 4.500 €, sino que insinúan que podría estar percibiendo otras similares. La persona que grabó el vídeo, una becaria de la empresa, ha declarado ya en sede judicial que el trabajador, que fue despedido por la insinuación, no se quedó con ningún dinero. Y es que el trabajador despedido ha acudido a la Justicia no solamente para demostrar que el despido fue ilegal, sino también para que su imagen y su honor sean restituidos.

Esta situación laboral no se instruye en el Juzgado de lo Social, sino en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cartagena. Y esa instrucción ha deparado más de una sorpresa, ¿verdad, Ramón?

La instrucción ha deparado el coraje de un trabajador que se siente maltratado en su honor, en su imagen y que ha decidido luchar. Para ello, cuenta con un abogado que cree en su inocencia, que cree que la Justicia le dará la razón y que ya ha demostrado ante el juzgado que él no se quedó con ni un euro, y que la empresa para la que trabajaba y que le despidió era un enjambre de corrupción.

Una empresa en la que durante 9 años Ramón Jiménez Serrano ejerció cargos directivos, cargos que lo mismo la Fiscalía, personada en el caso, investigará, en un sumario iniciado en 2017, y que trata de destripar la información y documentación aportada por el trabajador injustamente despedido, en un disco duro de un terabyte de capacidad.

Vale

…continuará…