Archivos para abril 2023

Una vez que se han convocado las elecciones autonómicas y municipales del 28 de Mayo, y se ha aderezado el guiso con propuestas y declaraciones, todavía sin asomar programas políticos de las listas presentadas, conviene hacer alguna reflexión.

Parecería que en el caso de Cáceres ciudad, todo va a girar en torno a la posición que sobre la presunta mina de litio, adopten las diferentes candidaturas. Creo que, como todo reduccionismo, sería un error creer que ello va a ser así. La situación actual en torno a la tramitación del expediente de la presunta mina es la que se marca desde el procedimiento, más o menos claro, según por donde se mire, sigue transcurriendo en la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad.

A lo largo de muchos años de conocer la evolución del electorado cacereño, los posibles efectos electorales de cualquier punto polémico, no han sido finalmente los causantes de debacles de cualquiera de los dos partidos mayoritarios. Porque en dos procesos distintos, tanto el PSOE como el PP vieron reducida su representación a 7 concejales, si bien, el PP ha sido más veces el más votado, incluso con mayorías absolutas en la capital, aunque en el ámbito regional no se correspondiera igual resultado.

En términos de realidad, el escrutinio de la noche electoral del 28-M dará el resultado que la voluntad de los cacereños quiera, pero no me atrevo a afirmar que la posición contraria o favorable a la mina sea determinante.

El PSOE, en el gobierno, guarda un prudente silencio (desde su perspectiva), porque estando el asunto, delicado, en trámite, cualquier posición favorable o contraria podría interpretarse de imposición a los técnicos que tienen que informar, lo que podría dar lugar a engorrosos procedimientos.

Sin embargo, que el PP guarde silencio, cuando no gobierna ni en la ciudad ni en la región es una muestra de incapacidad. De incapacidad de asumir que su posición pueda jugar a su favor en las urnas o en su contra. Mientras el PSOE sabe, por ser gobierno, que cualquiera de las dos posiciones posibles adopte, siempre jugará a su contra, en función del electorado que sea más favorable o contrario a la mina.

En el caso del PP, su incapacidad de tomar una decisión está reflejada en las listas publicadas por la Junta Electoral de Zona. Y lo están en un caso concreto: el PP no se atrevió en su día a echar del partido a Aguilera, alcalde de Malpartida de Cáceres, que había sido condenado en firme por un delito de violencia de género. Ahora, cuando llega el momento de hacer las listas electorales, nos encontramos con que el PP no se presenta a las elecciones en Malpartida de Cáceres, municipio muy importante, porque no se atrevió en su momento a expulsar a Aguilera y no se atreve, ahora, a presentarlo en sus listas.

Pues lo mismo sucede al PP con su posición sobre la mina: ahora no se atreve a oponerse (sin explicar las razones) y no se atreve a apoyar la implantación de la presunta mina (también si explicar las razones). Sucederá, entonces, que si se decide la explotación minera, el PSOE solamente pagará con votos la decisión final, mientras que el PP pagará con votos cualquiera que se sea esa decisión.

Respecto a los demás partidos, Podemos recogerá el voto contrario a la mina si para el 28M no hay una decisión ejecutiva tomada, es decir, recogerá el descontento, que entonces podremos cuantificar.

Los demás partidos, los regionalistas y localistas, no tendrán nada que decir en este asunto. Los resultados que obtengan no podrán ser, como en el caso de Podemos, atribuidos a una posición clara sobre el asunto.

Reducir las elecciones a un solo elemento a considerar, por muy importante que este sea, tendrá, a mi juicio, poco recorrido demográfico, electoral si se quiere, pero ver la ansiedad que se deriva de la presencia en las redes sociales de los contrarios a la mina, si llegamos al 28M sin una decisión ejecutiva (sí o no) tomada, puede ser muy perjudicial para quienes están en posiciones contrarias, si de aquí al 28M sigue in crescendo la ansiedad, el deseo de ganar la partida.

Una partida, que, por otra parte, a mi juicio, ni se gana ni se pierde en las elecciones locales y autonómicas del último domingo de mayo.

Vale.

En la entrada anterior (21 de abril) equiparaba la situación entre Doñana y Cáceres, con un empate sobre su futuro. Doñana, por ampliación de regadíos, Cáceres por la pretendida instalación de un mina de litio. A lo largo de múltiples entradas he pretendido desgranar lo nocivo y peligroso para Cáceres que resultaría la mina de litio.

Ahora, al leer el posicionamiento de ICOMOS-España sobre Doñana, resulta muy interesante y pedagógico conocer las razones que la entidad de la UNESCO señala para defender Doñana frente a una proposición de ley que aún no está en vigor y hacer un pequeño esfuerzo: leer el comunicado de ICOMOS sustituyendo Doñana por Cáceres.

Que les guste el pasatiempo.

Tras conocer el inicio de los trámites para la aprobación de la ley de regadíos de Doñana, ICOMOS-España quiere expresar su más profunda preocupación por el impacto que la misma tendrá en este sitio Patrimonio Mundial, uno de los tres lugares naturales que gozan de esta distinción de la UNESCO en territorio español. Como organismo asesor del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO para el patrimonio cultural, ICOMOS-España lamenta la nueva norma, redactada en contra de las opiniones de especialistas y expertos/as, así como de organizaciones como Hispania Nostra y IUCN. La norma contribuirá a la ya de por si preocupante degradación de este tesoro de biodiversidad, al darse por buenos los regadíos ilegales que, junto a otros factores, han llevado al área a la lamentable situación en la que hoy se encuentra.

El Parque Nacional de Doñana es un humedal excepcional en el contexto europeo, un extraordinario ecosistema que alberga también un riquísimo patrimonio cultural, material e inmaterial asociado, por lo que fue inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial en 1994. Desde entonces es uno de aquellos enclaves que pasan a ser considerados como patrimonio de toda la humanidad al demostrar un valor universal excepcional, ejemplo de la diversidad del patrimonio cultural y natural del mundo. A este reconocimiento se suman muchos otros: Red Natura 2000, Reserva de la biosfera (1980), Convención RAMSAR relativa a los Humedales de Importancia Internacional (1982), Diploma del Consejo de Europa a la Conservación (1985) y Listado de Áreas Protegidas UICN (2015).

Pese a esta amplísima protección internacional, desde su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial Doñana ha sufrido distintos impactos, enumerados, entre otros, en los quince informes reactivos sobre su preocupante estado de conservación y factores de degradación (principalmente debidos a mala praxis humana) elaborados en el marco de esta Convención. A estos informes se suman numerosos pronunciamientos y denuncias de los organismos internacionales implicados en los instrumentos tutelares internacionales citados. A pesar de todo ello, resulta incomprensible no otorgar el máximo cuidado al sitio, especialmente en estos momentos en que el cambio climático supone una grave amenaza para el bienestar de las comunidades, y cuando la unión de naturaleza y cultura resulta aún más imprescindible para cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible.

El Comité Nacional Español de ICOMOS se suma por todo ello a otros llamamientos como los de la WWF, SEO BirdLife, IUCN e Hispania Nostra para que se reconsidere cualquier actuación que pueda tener un impacto negativo en Doñana. La protección y disfrute de este sitio es un derecho y deber de toda la comunidad internacional, por lo que instamos a la Administración autonómica y estatal competente a detener la tramitación de la nueva ley de regadíos en cumplimiento con la normativa española y andaluza en vigor que le afecta y con los compromisos internacionales adquiridos con su voluntaria inclusión en diversas categorías y convenciones patrimoniales internacionales cuya vulneración es un perjuicio para toda la humanidad y especialmente para la sociedad local más afectada.

ICOMOS-España. 19 de Abril de 2023

Vale.

La presentación de la candidatura de Luis Salaya a la reelección a la alcaldía de Cáceres tuvo un momento que pudo resultar extraño para que el Secretario General del PSOE y Presidente del Gobierno le dedicara un pasaje de su discurso: su referencia al conflicto de Doñana. Sin duda, muchos cacereños resaltaron que no procedía esa referencia a Doñana. También es cierto que el propio Pedro Sánchez no introdujera el tema con alguna alusión a nuestra ciudad.

Pero cuando Pedro Sánchez hablaba de Doñana lo hacía señalando el carácter de Patrimonio no solo de Andalucía, ni de España, sino Mundial que tiene el enclave andaluz. Le faltó referirse a que ese mismo valor de Patrimonio Mundial lo tenía a un paso, incluso lo paseó antes del mitin. Cáceres es Patrimonio mundial.

Igual, exactamente igual, que Doñana, la ciudad de Cáceres tiene el sello distintivo del VUE (Valor Universal Excepcional). Cualitativamente Doñana y Cáceres, Cáceres y Doñana comparten título.

De hecho, está claro que las políticas europeas medioambientales protegen al Coto andaluz ante agresiones como la de permitir regadíos que terminarán secando los humedales tendrían consecuencias económicas para la Administración Español, pero ello, además, supondría perder el título de bien patrimonio mundial.

El mismo peligro que supondrían los regadíos pretendidos en Doñana lo tenemos en Cáceres con la mina de litio. El mismo. Porque son Valores Universales Excepcionales. Y la mina de litio puede ser al fin del sello especial con el que parece que nos enorgullecemos.

Es muy probable que muchos de los cacereños que se quejaron de las alusiones en ¡Cáceres! a Doñana por parte del Presidente del Gobierno no se hayan parado a pensar en que la defensa de un bien tan preciado como Doñana da a nuestra ciudad el elemento necesario para evitar que una aberración como la que pretenden los especuladores australianos llegue a instalarse.

Para entender el “empate” entre Cáceres y Doñana, sería muy conveniente conocer que si en estos momentos se declarara una alerta patrimonial sobre la ciudad de Cáceres, como puede representar la mina de litio, y esa alerta se planteara ante el ICOMOS, organismo que es conocido y que ha tenido relevancia en épocas anteriores, la situación no se resolvería igual.

Por otra parte, la amenaza punitiva que llega desde la Unión Europea sobre Doñana, no tiene que ver, directamente, sobre el carácter de Patrimonio Mundial, sin con la vulneración de las normas medioambientales europeas. Eso sí, si se diera el caso, perdería automáticamente esa condición.

Por otra parte, la instalación de una mina de litio, de las características de la que se pretende en Cáceres, sí llevaría la pérdida del Valor Universal Excepcional por sí misma, aunque la Unión Europea avalara la explotación minera.

El último caso de intervención sobre la ciudad monumental de Cáceres ocurrió con la construcción del Hotel Atrio, cuyo primer proyecto fue prácticamente barrido por la actuación de ICOMOS España. Hay que tener en cuenta que la intervención de ICOMOS y su resolución por este Organismo se debió a que se trataba de una actuación muy concreta, sobre un inmueble muy concreto.

En el el caso de la mina de litio no estaríamos hablando de una actuación singular, sino de la incidencia global. Y su resolución tendría que ver, si se planteara una alerta patrimonial, con las directrices que directamente marcara la UNESCO como organismo internacional, por encima de las competencias de Administraciones Públicas, incluido el Gobierno de España, como estado parte.

Los caminos de Cáceres y Doñana discurren muy paralelos, uno por la mina de litio, otro por unos regadíos que secarían el parque, y las soluciones, en distintas instancias (UNESCO, directamente en el caso de Cáceres, Unión Europea en el caso de Doñana) conllevarían la pérdida del carácter de Valor Universal Excepcional.

Vale.

Mi litio

cercadelasretamas —  abril 15, 2023 — Deja un comentario

La estulticia y el narcisismo están separados por una finísima línea que muchas veces impide ubicar a quien está a un lado o a otro. Algo de eso parece que ocurre con Ramón Jiménez Serrano, el CEO de una empresa de 3.000 cochinos euros y que se está creyendo el rey del mambo. Calvo, pero rey del mambo, aunque no puede ponerse la corona si no es con alcayatas.

El tal Ramón llegó a Cáceres, una capital de provincia provinciana, con unos empresarios provincianos, y su halo estrellado, o bien su calva, proyectó la imagen del mesías de los empresarios.

Rendidos a sus pies, a su brillante trayectoria, de la que él presumía en linkedin, no tardaron en ofrecerse como vírgenes al sacrificio. Ramón, curtido en mil trampas, aprovechó la ocasión. Se ofrecía como apóstol predicando en el desierto mental de Las Capellanías, y cautivó a quienes eran ya cautivos de su, más que desesperanza, de su analfabetismo.

De nada sirvió que, apostado en una humilde pero diáfana cerca de pared de piedra seca, se conocieran las más que sombras del currículum del que tanto presumía. De nada sirvió que se conociera que un juzgado de Murcia lo tenía procesado en espera de juicio por corrupción. Había llegado para ser nuestro corrupto, parecían decir los empresarios ciegos por su fulgor.

Ni que decir tiene que ese fulgor que desprendía para ellos Ramón no era más que detritus, que abono pestilente para regar la mediocridad de sus nuevos amigos.

Ramón, fichado por una empresa minera australiana cuyo único negocio conocido es la especulación en la bolsa de Sidney, comenzó a cazar adeptos después de tener cautivos a muchos empresarios. A partir de ahí comenzó una nueva aventura: la de comprar voluntades, empezando por los “medios de comunicación”, por prensa y radio, mediante anuncios bien pagados, pertrechado tras un stratego grupo de periodistas con experiencia en los despachos del gobierno regional (de cuando Monago).

Cuando tuvo que enfrentarse Ramón a los ciudadanos, a cuerpo abierto, su fracaso fue notable. Ya se le había destapado su pasado de corrupción en la corrupta Murcia del Partido Popular. Pretendió vender su robusto proyecto a un grupo de ciudadanos, no más de 25, que lo vapulearon de lo lindo, tanto mostrando las carencias de lo robusto como atando esas carencias a las longanizas de Murcia que llevaba en el portafolio.

En aquella ocasión, Ramón y su adláter David presumieron ante esos 25 ciudadanos de contar con financiación suficiente para desarrollar el proyecto sin recurrir a ayudas públicas. Entonces les pregunté, sin obtener respuesta, que si eran autosuficientes, para qué coño necesitaban el Decreto del litio.

Pero estos días me ha llamado la atención que un medio digital, un libelo pagado por fascistas venezolanos vecinos del barrio de Salamanca de Madrid, le haya dado voz a Ramón. Está bien claro que a esos fascistas venezolanos, bajo la hégira de Paloma Quinteros, les da igual el pasado corrupto. Porque seguro que la información que publican no es periodismo (en ese libelo nada es periodismo) sino otro anuncio pagado.

Y con esta historia de estrellato en los cortos empresarios, los mal llamados periodistas locales, Ramón ha sacado la pata de la estulticia o del narcisismo. O las dos cosas.

Porque además de reclamar ayudas públicas cuanto antes (sin tener aprobado el proyecto), amenaza con llevarse la “potente” empresa a EEUU, así sin más, porque allí todo es más fácil. ¡Pues, coño, vete ya, Ramón!

El delirio (o la desesperación) que una mente que se engaña a sí misma, creyéndose el más alto, el más guapo, el más mejor y es efectivamente el más calvo, se atreve a hablar de “su litio”. Dice que si le ponen trabas “mi litio no va a ser tan competitivo como el que se produzca en EEUU”.

Su litio, dice Ramón, porque en ese delirio de creerse el dios de los CEOs cree ser ya poseedor no solo de las voluntades de quienes, ahítos de no se sabe qué se han postrado a sus pies, sino de la voluntad de toda una ciudad que sabrá ponerle en su sitio… si antes no lo hacen en los juzgados de Murcia.

Vale.

Dirán ustedes que qué tiene que ver que a estas alturas, año 2023, una noticia más sobre la desaladora de Escombreras pueda causar interés en Cáceres. Pues sí, porque esa noticia señala el cariño y la delicadeza con los que un conocido sujeto trata el cumplimiento de las normas. Vamos, que ya va siendo hora de, por fin, saber que Ramón Jiménez Serrano, el CEO maravilloso, incumple cualquier norma que se le ponga por delante. Y es el sujeto al que la Administración minera está entregando el desarrollo de una mina a menos de 1 kilómetro de Cáceres, Patrimonio de la Humanidad.

La noticia de hoy, 13 de abril de 2023 es que la Desaladora de Escombreras ejecutó un segundo tubo de captación sin la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental.

“Las noticias de la Región de Murcia” (Las Noticias RM) lo publica, y añade algunos detalles sobre cómo lo hizo una determinada empresa, y quién mandaba en esa empresa.

Hydro Management no realizó un nuevo estudio medio ambiental amparándose en que el segundo tubo suponía una ampliación del proyecto inicial, pese a que la obra era distinta y ubicada a mucha distancia de la inicial

Estas revelaciones, no por esperadas, sí son esclarecedoras de un modo de comportamiento del que fue protagonista el máximo responsable de la (presunta) mina de litio de Cáceres.

Recuerdo cuándo en una asamblea (con 24 asistentes nada más) tanto el CEO Ramón como el Ingeniero que figura como responsable de los datos y proyectos técnicos se afanaban en hacernos creer que una vez aprobado el proyecto, estarían en todo a disposición de lo que se decidiera por la Junta de Extremadura. Sin duda, aquellas palabras ya han caído en el más oscuro de los olvidos, conociendo cómo se comportan, cómo se han venido comportando desde que en febrero de 2022 aterrizó por estas tierras el CEO Ramón.

Ahora, cuando tenemos delante documentos oficiales de un proyecto como la Desaladora de Escombreras, vemos cómo se producía un desprecio absoluto tanto por la legalidad como por la cortesía hacía las administraciones públicas.

Desde la Administración portuaria de Cartagena se requirió a Hydro Management para que se realizara la nueva y necesaria toma de agua en aguas exteriores al puerto, algo que le había sido requerido reiteradamente. Y cómo reiteradamente, como firma el propio Consejero Delegado de Hydro Management, habían dado largas al asunto.

Hasta ahora, en que se conoce a ciencia cierta que el segundo tubo, la segunda toma de aguas se ejecutó sin procederse a la tramitación de la necesaria Declaración de Impacto Ambiental.

Ante una legislación tan compleja como la minera (partiendo de una Ley de 1973) conviene tener en cuenta los antecedentes con los que se presenta ante la sociedad cacereña Ramón Jiménez Serrano, y estar más que atentos ante los tejemanejes, triquiñuelas y encantamientos que hemos conocido ya y sin duda conoceremos en el futuro.

Vale.

El 7 de agosto de 2015 publiqué en mi Cerca una entrada con el título “La terraza de mi tasca es particular”, sobre el proceso de adjudicación de los locales de la Plaza de San Jorge a la Fundación Mercedes Calle, y sobre el uso privativo que el Ayuntamiento “concedió” a la fundación el uso ilegal, a mi juicio, de la terraza existente sobre los locales objeto de adjudicación.

Las razones por las que consideraba ilegal el uso particular de la terraza por la empresa adjudicataria pueden verse en aquella entrada de 2015.

Entrada en la cercadelasretamas.com de 7 de agosto de 2015

Ahora surge un litigio entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento por… deficiencias en la cubierta de los locales (vamos, la terraza). Y ahora, la empresa adjudicataria actúa como ha actuado siempre en nuestra ciudad la burguesía provinciana que creía que todo lo que pudiera estar a su alcance era de su propiedad.

Al haberse producido deficiencias en la cubierta cuando se realizaban obras de reforma, han comenzado a surgir las divergencias, han comenzado las auténticas señas de identidad que la burguesía cacereña, representada por esa fundación, hasta el punto de rescindir el contrato, según publica hoy El Periódico Extremadura, alegando las señaladas deficiencias en la cubierta, detectadas cuando se realizaban obras de mejora.

Ninguna deficiencia entre 2015 y 2023, cuando han estado disfrutando de su espacio gratuitamente, cedido amablemente por el Partido Popular, que gozaba entonces de una holgada mayoría absoluta.

Como es normal, ya se encargará la prensa local de hacer que “el malo” sea el Ayuntamiento, frente a un particular de renombre local, que se siente maltratado por la maquinaria burocrática del Ayuntamiento.

Sería muy conveniente que quienes entonces propiciaron el uso indebido de la terraza en beneficio privado pudieran retomar sus conocimientos del asunto y plantear desde el propio Ayuntamiento una revisión de aquel expediente, y reconsiderar, si la hubiera, su posición, para que las arcas municipales, previa tasación económica independiente, pudieran recibir las rentas dejadas de ingresar por el uso indebido de la terraza, además de favorecer que en el litigio que atrevidamente plantea la fundación, se llegue a la conclusión de que los desperfectos y anomalías detectados en la terraza se deben al uso indebido de la burguesa fundación.

Vale.

El 28 de marzo pasado, la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura anunció que había concedido a una empresa, Castilla Mining, S.L., un permiso de exploración sobre unas 9.000 hectáreas pertenecientes a los términos municipales de Cáceres, Sierra de Fuentes y Torreorgaz. En el comunicado de prensa de la Consejería la resolución se publicaría en breves fechas en el D.O. de Extremadura.

Esperando para conocer el contenido exacto del permiso de exploración, denominado Extremadura, he ido viendo informaciones en prensa, en las que, en algún caso se incluía una referencia gráfica de la delimitación de las 319 cuadrículas mineras, esto es, las citadas 9.000 hectáreas. Y me he percatado de un pequeño detalle, que es el que motiva el título de esta entrada.

Para empezar, no todos los terrenos que ocupan las 315 cuadrículas son rústicos, que son los tipos de suelos a los que se refiere la moderna Ley de Minas de 1973.

El Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres de hoy, 11 de abril de 2023, publica la Resolución de concesión del Permiso de Exploración, que se puede consultar en la web del SIGEO.

Vista la Resolución, me parece que la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad HA INCUMPLIDO la Ley 8/1975, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.

Este incumplimiento no puede ser solucionado con una remisión, genérica, a la necesidad de obtener otras autorizaciones y permisos, por cuanto la Ley 8/1975, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional tiene prevalencia, en todo el ámbito geográfico que en virtud de la misma resulte, sobre cualquier otro que pudiera entrar en colisión. La previsión del punto 1 del Artículo 2 de la Resolución, que se refiere, precisamente a otras autorizaciones que correspondieran solicitarse, no puede ser de aplicación cuando existe una prevención legal, aprobada por Orden Ministerial de 1999, que Declara las Zonas de Seguridad próxima y lejana del CIMOV nº 1.

De hecho, los permisos y autorizaciones que se otorgan, o pueden otorgarse, en el ámbito geográfico de aplicación a una instalación militar, en este caso el CIMOV Nº 1 (actualmente, CEFOT Nº 1), lo ha de ser con carácter previo a cualquier otra.

En 2019, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se declaraban las Zonas de Interés para la Defensa Nacional referidas al CEFOT Nº 1. La exposición de motivos de dicho Real Decreto señala que “la función de Defensa Nacional es contenido esencia de la función política de Gobierno, y así lo expresa la Constitución en su artículo 149.1.4ª, al atribuir al Estado la competencia exclusiva de su defensa y asignar al Gobierno la dirección de esta función en el artículo 97.

Compete así, constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política de Defensa y la Política Militar y adoptar, en consecuencia, las decisiones necesarias para su mejor eficacia.”

Al dictarse la Resolución de permiso de Exploración que afectan a terrenos sometidos a esa competencia constitucional de la Defensa, la Dirección General de Energía y Minas, y, por extensión, la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, ha vulnerado el artículo 149,1,4ª de la Constitución y también el artículo 97 de la misma, que atribuye al Gobierno la dirección de la Política de Defensa.

El Reglamento que desarrolla la Ley 8/1975, de Zonas e Instalaciones de Interés, determina que el acuartelamiento “Centro de Instrucción y Movilización nº 1” (actualmente “Centro de Formación de Tropa nº 1”) está incluido en las instalaciones del grupo primero, y su incidencia sobre los bienes y derechos de particulares o de otras administraciones, queda regulada en el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, aprobado por decreto 689/1978.

Como puede desprenderse de lo anterior, no procede en ningún caso que una Administración pública, distinta del Ministerio de Defensa, otorgue cualquier tipo de autorización para realizar actividades o cualesquiera tipo de labores en terrenos afectados por las determinaciones en materia de Defensa, por cuanto de esas autorizaciones sin conocimiento PREVIO de la Administración Militar pudieran derivarse derechos para particulares o entidades públicas.

La vulneración de los artículos 97 y 149.1.4ª de la Constitución Española por parte de la Consejería de Transición Ecológica y sostenibilidad, hacen que la Resolución otorgada a una empresa minera para exploración de 315 cuadrículas mineras sea NULA de pleno derecho, debiendo retrotraerse las actuaciones del expediente para que pueda constar que se han cumplido las previsiones de la Ley 8/1975 y el Reglamento que la desarrolla.

En la documentación gráfica del Plan General Municipal de Cáceres están grafiadas las zonas próxima y lejana del Centro de Formación de Tropa nº 1, y donde pueden apreciarse los terrenos sujetos a competencia estatal en lo que se refiere a permisos que corresponde otorgar a la Administración militar.

No cabe que la Consejería pueda alegar desconocimiento de las previsiones legales en materia de instalaciones de la Defensa Nacional por cuanto en el caso del CEFOT Nº1 están claramente recogidas en el Planeamiento Urbanístico.

Vale.

Como recordarán, hace un par de meses se anunció que IQOXE (Industrias Químicas del Óxido de Etileno), perteneciente al grupo empresarial Cristian Lay, se asociaba con Extremadura New Energies, S.L., la empresa pantalla de la minera australiana Infinity Lithium, para la producción de Hidrógeno Verde, un tipo de combustible que, aunque lleve la palabra Verde, no deja de ser muy peligroso de obtener, pro cuanto los procesos químicos son complejos, y el hidrógeno verde es muy volátil.

La empresa IQOXE tiene su sede en el complejo petroquímico de Tarragona, en el polígono de La Canonja, y en enero de 2020 sufrió un accidente que, además de los cuantiosos daños materiales, provocó la muerte de dos trabajadores de la propia IQOXE, y heridas a ocho trabajadores más. También provocó la muerte de un vecino de Tarragona, a dos kilómetros y medio, por una plancha de hierro que salió volando.

La investigación sobre el accidente, un gravísimo accidente de trabajo está arrojando suculentas noticias.

El día de ayer, 5 de abril de 2023, el Diari de Tarragona, perteneciente al grupo Prensa Ibérica, publicó la siguiente información:

EL GOVERN [de la Generalitat de Catalunya] PROPONE UNA MULTA DE MÁS DE 2 MILLONES A IQOXE.

Se han detectado 4 infracciones muy graves, entre ellas el silenciamiento de las alarmas sonoras.

Fotografía de El Diari de Tarragona

El Departament d’Empresa i Treball ha propuesto una sanción de 2.100.000 euros a la empresa Industrias Químicas del Óxido de Etileno SA (Iqoxe) por 4 infracciones muy graves de la normativa en materia de seguridad industrial.

La propuesta de sanción del Departament d’Empresa i Treball por cuatro infracciones muy graves tipificadas a la Ley 9/2014, de 31 de julio, de seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, se desglosa de la siguiente manera:

a) 1.000.000 de euros por fabricar un lote del producto MPEG 500 modificando la receta de fabricación, concretamente la medida del lote, el catalizador a emplear y la cantidad empleada, todo ello sin respetar las instrucciones del fabricante, sin evaluar los mencionados cambios y sin efectuar ninguna prueba ni ensayo previo para constatar si la reacción era segura.

b) 500.000 euros por silenciar las alarmas sonoras del sistema de seguridad en la sala de control.

c) 100.000 euros por no proporcionar formación específica de su puesto de trabajo a los trabajadores

d) 500.000 euros porque en el momento del accidente, así como instantes anteriores, el panel de la sala de control de la unidad Uno-3100 no estaba siendo objeto de supervisión.

El 14 de enero de 2020 se produjo la explosión de un reactor de la factoría, dedicada a la producción de óxido de etileno, glicoles y derivados de óxido de etileno y óxido de propileno en la planta que IQOXE tiene en La Canonja (Tarragona).

En el accidente murieron tres personas (dos trabajadores de la planta de La Canonja y un vecino de Tarragona) y cuatro resultaron heridas durante el proceso de producción de la sustancia MPEG 500.

A una empresa con estos antecedentes, y otros que están sustanciándose en vía judicial, se encomienda la minera de Ramón (que estuvo imputado, y desimputado, en el asunto del Castor) para la obtención del hidrógeno verde a emplear en la (presunta) mina de litio en Cáceres.

Al suelo, que vuelan las chapas de hierro.

Vale.