Archivos para cárcel vieja
Hace unos días, el grupo de Ciudadanos del Ayuntamiento de Cáceres proponía la realización de una consulta popular para definir los usos futuros del Hospital Virgen de la Montaña, que en pocos meses está previsto que deje de funcionar.
Hoy, la asociación AEMECECA, que es guardiana de la memoria histórica de los represaliados por el fascismo franquista, plantea una consulta popular sobre el uso de la prisión provincial, que lleva varios años cerrada.
En ambos casos concurren circunstancias similares: el Hospital Virgen de la Montaña necesitará una notable inversión para usos distintos, los que sean, del actual sanitario. ¿Quién la asumirá? De momento, en una primera aproximación, el “dueño” es la Diputación. La prisión provincial es propiedad del patrimonio del Estado, y cuando en su momento el Ayuntamiento se interesó, los servicios técnicos municipales estimaron en 12 millones de euros los costes para darle usos.
Pero hay aspectos jurídicos que ni Ciudadanos ni la asociación memorialista han tenido en cuenta: el ámbito de las consultas populares. A lo que parece, por lo publicado en los medios, en ambos casos se pretende consultar a los vecinos de Cáceres para que muestren su parecer. Vecinos de Cáceres ciudad. Pero ello no es posible.
La propiedad del Hospital Virgen de la Montaña corresponde a la Diputación Provincial, que es la administración que representa a la totalidad de los vecinos de la provincia. Por tanto, si el futuro del centro sanitario se debería definir en una consulta popular, debería serlo en el ámbito provincial, algo, que sin duda, plantea notables dificultades, tanto logísticas como jurídicas.
La prisión provincial en desuso se construyó sobre unos terrenos adquiridos por el Ayuntamiento de Cáceres, pero la construcción se financió con aportaciones de la propia Diputación y de los pueblos de la provincia, ya que, no en vano, se trataba de una institución de carácter provincial. Y, al igual que en el caso del hospital, realizar una consulta conllevaría notables dificultades logísticas, jurídicas y políticas.
Sería muy conveniente hacer un poco de pedagogía desde las administraciones públicas sobre conceptos como patrimonio público, modo de obtención de ese patrimonio público, consultas populares y otros que son obviados para lanzar propuestas que únicamente pueden obtener titulares en los medios que carecen de capacidad crítica.
Vale
Tenía pensado escribir sobre cómo afrontar la gestión del actual Hospital Virgen de la Montaña, que quedará sin uso cuando se abra la primera fase del Nuevo Hospital de Cáceres, cuando leo que el Ministerio del Interior ofrecerá (futuro) a la Junta de Extremadura y al Ayuntamiento de Cáceres la vieja prisión. Y, claro, en un plazo similar (más o menos un año) nos encontraríamos con dos bocados demasiado grandes y poca chicha para echar el puchero.
En primer lugar, lo que parece que va a hacer el Ministerio del Interior es lo que tenía que haber hecho antes de incluir la cárcel vieja en su listado de inmuebles a enajenar: ofrecerlo a las administraciones local y regional. Y en el caso de que estas hubieran declinado hacerse cargo, entonces, ponerlo a la venta en subasta pública.
En el caso de la cárcel vieja, la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas establece que pueden cederse gratuitamente inmuebles siempre que la entidad (Ayuntamiento, gobierno regional…) garantice capacidad económica, presente un proyecto de uso y disponga de los medios económicos para llevarlo a cabo en un plazo corto, unos cinco años. El Ayuntamiento de Cáceres carece de las tres condiciones: ni tiene suficiencia económica, ni tiene proyecto ni tiene capacidad financiera.
Ya veremos cómo respira, si se da el caso, la Junta de Extremadura.
En el caso del Hospital Provincial, no hay cuestión porque pertenece al inventario de la Diputación.
Pero la suma de los dos inmuebles, la suma de los metros cuadrados de los dos inmuebles suponen un bocado demasiado grande. Más de 32.000 m2 que requieren, ante todo, dos cuestiones. La primera, la definición concreta de qué proyectos se pueden llevar a cabo, y la segunda, conocer los costes necesarios.
La cárcel vieja necesita, ya, gastos de mantenimiento y conservación antes de que el deterioro por abandono continúe. Sería el primer gasto, la primera partida a asumir. Lo mismo sucederá con el Hospital Provincial cuando el SES lo abandone y lo entregue a la Diputación. Será necesario destinar dinero para evitar deterioros.
Pero, y esto es lo más difícil, será preciso conocer qué proyectos se podrían realizar en ambos inmuebles. Porque la ciudad es la que es, su conformación social y demográfica es la que es, la capacidad de generar proyectos e ideas es más que limitada.
Un ejempo: hace años, un concejal de IU, creo recordar, dijo que el Hospital Provincial debería dedicarse a Museo de Bellas Artes. La pregunta es: ¿qué cantidad de obras de arte de todos los tiempos serían necesarias para un inmueble de 21.000 m2, teniendo además ya el Museo Provincial de Bellas Artes?
En ambos casos, y para hacer las cosas medianamente bien, habría que saber en el caso de la prisión provincial si Ayuntamiento o Junta se harían cargo del inmueble cumpliendo los requisitos de la Ley de Patrimonio de las AAPP, y en el caso del Hospital Provincial si la Diputación está dispuesta a darle uso en el menor tiempo posible para evitar su deterioro, con los costes que esto conlleva, que al final serían gastos inútiles.
En el supuesto de una respuesta afirmativa a lo anterior, para los dos inmuebles sería necesario preparar un Plan Director, con unos objetivos claros, con un tiempo de preparación inferior a un año. Un Plan Director que debería recoger las propuestas de uso que definieran los proyectos a realizar, el uso al que se destinarán los edificios y una evaluación inicial de costes.
Sin tener las ideas claras (al Ayuntamiento las tiene: no tiene un duro) no es posible determinar el uso futuro, sobre todo porque vaivenes en estos usos supondrían incrementos de costes.
Otro día, si me apetece, podría plantear en qué podrían consistir los planes directores de ambos inmuebles. Pero con pocas ganas.
Vale.
En una pequeña capital de provincia, con una hacienda pública local bajo mínimos, y con un ambiente ciudadano cabizbajo, resignado, cualquier cosa parece un inmenso mundo que va a resolver el futuro, pero que en una semana, o menos, desaparece tapado por la rutina y los pasos perdidos de los vecinos. Si a eso añadimos una administración municipal que no solo está contagiada de la tristeza, sino que parece que es un foco irradiador de melancolías, tenemos el escenario perfecto de una tarde de lluvia: calles vacías, autómatas bajo paraguas…
Así es Cáceres. En este mismo blog puede seguirse una serie de entradas bajo el título genérico de “Cáceres, cerrado por falta de uso”. Una de esas entradas está dedicada, en agosto de 2012, a la ahora llamada “cárcel vieja”.
https://cercadelasretamas.com/2012/08/25/caceres-cerrado-por-falta-de-uso-iii/
Hoy, los periódicos locales hacen altavoz de las “gestiones” que viene realizando el Ayuntamiento (gobernado por el Partido Popular gracias a Ciudadanos). Unas gestiones que los periodistas trasladan lo que les dicen en el consistorio a los lectores. Así, en uno de ellos se lee: “El gobierno municipal ha solicitado al Estado la cesión gratuita del edificio de la cárcel vieja” y en otro: “Eso sí, confirman que se ha solicitado una «cesión a título gratuito».
http://www.elperiodicoextremadura.com/noticias/caceres/ayuntamiento-pide-estado-cesion-carcel-vieja_916654.html
http://www.hoy.es/caceres/201601/29/ayuntamiento-gestiona-hacienda-recuperar-20160129000632-v.html
Más adelante, uno de los periódicos dice: “Sobre la utilidad que se daría al inmueble, en el caso de que la petición del ayuntamiento prosperase, todavía no se ha definido.”, y en el otro: “Queda definir si eso es posible y, en ese caso, qué uso se le daría.”
O lo que es lo mismo, el Ayuntamiento de Cáceres, con servicios jurídicos y técnicos cualificados, y dirigido por cargos políticos con estudios de derecho ha solicitado una cesión gratuita de un inmueble propiedad de la Administración General del Estado sin saber cuál es el estado del inmueble, sin saber para qué lo reclaman, sin haber evaluado los costes para un hipotético uso desconocido, sin saber si va a tener fondos para recuperarlo y ponerlo en ¿qué servicio o servicios?.
Claro, que el titular de la portada de un periódico viene bien. Conviene a los intereses de los miembros del equipo de gobierno municipal, con su alcaldesa a la cabeza: un poco de propaganda vale. Otra cosa es que los periodistas, digo relaciones públicas, tuvieran cierta curiosidad crítica. Vamos, que les han dicho que estamos haciendo esto y que lo pongáis.
La realidad es otra. Si en vez de hacer de transmisores de la propaganda municipal los periodistas hubieran tenido alguna curiosidad podrían haber consultado la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas se refiere a las Cesiones Gratuitas de bienes de los organismos públicos.
Así, el artículo 145 dice: Concepto
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Los bienes y derechos patrimoniales de la Administración General del Estado cuya afectación o explotación no se juzgue previsible podrán ser cedidos gratuitamente, para la realización de fines de utilidad pública o interés social de su competencia, a comunidades autónomas, entidades locales, fundaciones públicas o asociaciones declaradas de utilidad pública.
Pero es que, además, esa misma Ley, en su artículo 148, titulado “vinculación al fin”, establece: 1. Los bienes y derechos objeto de la cesión sólo podrán destinarse a los fines que la justifican, y en la forma y con las condiciones que, en su caso, se hubiesen establecido en el correspondiente acuerdo.
En este asunto falta solamente saber cómo se realiza, cuál es el procedimiento. Y la Ley lo establece en el artículo 149: “Artículo 149 Procedimiento
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La solicitud de cesión gratuita de bienes o derechos del patrimonio de la Administración General del Estado se dirigirá a la Dirección General del Patrimonio del Estado, con indicación del bien o derecho cuya cesión se solicita y el fin o fines a que se destinará, acompañado de la acreditación de la persona que formula la solicitud, así como de que se cuenta con los medios necesarios para el cumplimiento de los fines previstos.