Partimos de un hecho incontrovertible: la importancia de Cáceres como Bien Patrimonio de la Humanidad requiere para su conservación y su protección de todos los medios disponibles, siempre orientados a esos dos fines.
En su Guía y herramientas para la evaluación de Impacto Patrimonial marca una serie de pasos que vamos a ir desgranando en relación con la pretensión de una empresa australiana de abrir una mina en el entorno periurbano de la ciudad.
El primero de esos pasos es el “cribado” o screening, cuya primera cuestión a resolver es si es necesaria una evaluación de impacto patrimonial. La cercanía al casco urbano de la ciudad de la actividad extractiva (en lenguaje urbanístico) sin duda señala una respuesta positiva: sí es necesaria la evaluación de impacto patrimonial. La actividad extractiva se proyecta a menos de 2 km de distancia del perímetro del casco urbano, tal como establece el Plan General Municipal. La entidad, el Valor Universal Excepcional que supone el reconocimiento de la ciudad de Cáceres al integrarse en la lista del Patrimonio Mundial es el otro elemento que determina la necesidad de EIPatrimonial.
Respondida la primera pregunta afirmativamente, conviene señalar los elementos del VUE que necesitan ser tomados en cuenta. Sin duda, la monumentalidad de las edificaciones, su carácter histórico, cultural, demográfico, antropológico, etc. que podrían verse afectados de llevar a cabo la acción (actividad extractiva) que se pretende.
Consideramos a la ciudad de Cáceres, declarada Bien Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, como conjunto único, como propiedad única de la ciudad, de sus ciudadanos, que están obligados por el mero hecho de ser propietarios de un legado único, excepcional, a preservarlo, a conservarlo y a transmitirlo para generaciones futuras. Cualquier alteración que pervierta ese legado y, sobre todo, lo menoscabe sería un incumplimiento de las obligaciones que como ciudad tenemos.
Consideramos que la acción propuesta (actividad extractiva) es incompatible con el Valor Universal Excepcional, más teniendo en cuenta que aun antes de que en 1986 la UNESCO hiciera pública su resolución como Patrimonio Mundial, la ciudad ya había sido reconocida como conjunto histórico (1949) y aún antes lo había sido su muralla, añadiéndose a ese VUE el previo reconocimiento más allá del recinto amurallado otros bienes que son declarados Monumentos Históricos (Ermita del Espíritu Santo, Santuario de la Virgen de la Montaña). Esto es, que ya desde las primeras decisiones sobre el valor excepcional de la Ciudad, este valor trascendía de los límites del recinto amurallado, como sin duda lo deberán ser en el futuro el propio Calerizo, la Ribera del Marco, las cuevas del entorno (Maltravieso, del Oso o del Conejar, de Santa Ana) y como deberá serlo todo el tramo de la calzada romana de la Vía de la Plata.
La riqueza patrimonial que se asienta sobre el conjunto de la Ciudad Patrimonio de la Humanidad es extensible a mayores espacios que será necesario proteger y conservar.
El continuum orográfico de la ciudad, a base de colinas, valles, colinas es el que proporciona la imagen de una ciudad única (entre otras cosas, carente de río, que se creó sobre un río inexistente y que aún hoy camina sin otro soporte que su historia milenaria.
El primero de los pasos de la Evaluación de Impacto Patrimonial, el screening o cribado determina ya por sí mismo la necesidad de la Evaluación, y deja claramente definida la vulnerabilidad del conjunto de Valor Universal Excepcional que una actividad extractiva, de la agresividad de una mina de enormes volúmenes de acción sobre el terreno, puede sin duda ser muy perjudicial sobre los bienes objeto de protección y conservación.
Pasos de la evaluación de impacto | |
1. Cribado (screening) | ● ¿Se necesita una evaluación de impacto? ● ¿Cuáles son el VUE del bien y otros valores patrimoniales o de conservación? ● ¿Cuáles son los atributos de la propiedad? ● ¿La acción propuesta es compatible con el VUE de un bien del Patrimonio Mundial? ● ¿Podría la acción propuesta tener un impacto en el VUE independientemente de su ubicación? |
Vale.