Objeción de conciencia y antivacunas.

cercadelasretamas —  diciembre 8, 2021 — Deja un comentario

La objeción de conciencia se recogió en la Constitución española en el artículo 30 en relación con el cumplimiento del servicio militar. Ahora, esta objeción de conciencia, que en trazo grueso se podría definir como el mecanismo legal para no cumplir deberes constitucionales cuando sean contrarios a sus convicciones, del tipo que sean, éticas morales o sociales. Así, muchos médicos invocan la objeción de conciencia para no hacer cumplimiento de leyes como la del aborto o la eutanasia. Esta objeción, en la que las convicciones individuales superan el cumplimiento de las leyes, se circunscribe a una cuestión previa: el carácter profesional de personal sanitario, y que será en ese ámbito donde tenga que sustanciarse.

Sin embargo, la pandemia de la COVID-19 ha aflorado un nuevo modelo de objeción de carácter más amplio, más general. Se trata de que hay ciudadanos que, englobados genéricamente en los antivacunas, aducen las más variopintas causas de objeción, y que se muestran inasequibles para que el bien general que se protege con la vacunación de la población no les sea de aplicación.

En la práctica, tanto con el ámbito sanitario como en este más diverso contra la vacunación, se está produciendo una deriva de argumentos cuanto más atrabiliarios, mejor.

La objeción de conciencia llegó a España a través de jóvenes que se negaban a prestar el servicio militar obligatorio. Sin duda, una finalidad de paz, pacífica, resistente. A los objetores no les paraba que el Estado ejerciera sobre ellos la coerción, la fuerza punitiva, la cárcel. La lucha de aquellos jóvenes que eran idealistas contrarios al uso de las armas, llevó al propio Estado a reconocer el derecho a la objeción, pero, en cambio, se reservó contra ellos mismos el mecanismo de la prestación social sustitutoria. Así y todo, muchos de ellos mantuvieron su objeción incluso para esta prestación sustitutoria porque argumentaban que se seguía perpetuando la reserva de la fuerza de modo exclusivo en el Estado.

Finalmente, la suspensión del servicio militar obligatorio (suspensión, que no eliminación) zanjó el asunto, que se saldó con multas pecuniarias y años de cárcel por ejercer lo que no era un derecho en 1978, y que acabó siéndolo después.

Sin embargo, la objeción de conciencia ejercida por sanitarios en contra de cumplir leyes que establecen derechos de ciudadanos (aborto, eutanasia) se salda sin ningún quebranto para quienes, en un uso abusivo (a mi ver) del derecho conquistado con cárcel en períodos difíciles, se aprovechan de aquella lucha.

En cuanto a la “objeción de conciencia” en contra de la vacunación universal es sangrante, puesto que claramente quienes se aprovechan de aquella lucha de jóvenes de izquierdas en su mayoría son individuos sin escrúpulos, de sujetos que carecen de cualquier principio solidario, y que lo único que buscan es mostrar (cada vez menos, cada vez se esconden más) una pugna en contra de los derechos de la gran mayoría de compatriotas y echarle un pulso al Estado, sobre todo sabiendo que esa actitud egoísta e insolidaria no tendrá consecuencias.

Cuando en los últimos años del franquismo (ortodoxo) conocimos a objetores de conciencia, vimos en las portadas a jóvenes encadenados a las puertas de gobierno militares, sabiendo en muchos casos que aquellas protestas terminarían en cárcel, ver a estos antivacunas ultralibertarios, antivacunas ultraderechistas, que no se juegan nada, que solamente aparecen pidiendo perdón cuando caen en las UCIs hospitalarias, nos muestran a unos jóvenes luchadores, y a los que sufrieron cárcel se les debería desde el Estado pedir perdón.

Estos antivacunas qe no se juegan nada, deberían apechugar con las facturas hospitalarias de los costes de atención médica, de los días en UCI, de los gastos en medicamentos.

La objeción de conciencia “moderna”, que se ejerce “de gratis” debería tener una respuesta contundente por parte del Estado, y que deberían resolverse en sanciones económicas con publicidad.

Vale.

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